Define INFONAVIT postura oficial sobre nuevo mecanismo de descuentos

Se aclara cómo se deberán realizar los descuentos de créditos ante ausencias e incapacidades según reforma el Artículo 29.

La reforma publicada el 21 de febrero de 2025 en el Diario Oficial de la Federación modificó el penúltimo párrafo del Artículo 29 de la Ley del INFONAVIT, estableciendo que los descuentos de créditos hipotecarios otorgados a los trabajadores no se suspenderán por ausencias o incapacidades. Esto generó preocupación en el sector patronal, ya que se interpretó que los patrones podrían estar obligados a cubrir la diferencia cuando el salario del trabajador fuera insuficiente para realizar el descuento completo.

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