07/Oct/05 11:49
Re: RETENCION DE IVA POR PARTE DE ECEX
PRORROGA HASTA EL 31 DE DICIEMBRE 2004 PARA PONER LA LEYENDA IMPRESA DE LA RETENCION.
Los contribuyentes a los que se les retenga el IVA de conformidad con lo dispuesto en la fracción IV del artículo 1o.-A de la Ley del IVA, se entenderá que cumplen con la obligación prevista en el artículo 32, fracción III, octavo párrafo de dicho ordenamiento legal, cuando incluyan en sus comprobantes la leyenda a que alude el párrafo mencionado, por escrito o mediante sello. En todo caso, en los comprobantes se deberá consignar por separado el monto del IVA retenido.
Lo dispuesto en el párrafo anterior aplicará hasta el 31 de diciembre de 2004; a partir del 1o. de enero de 2005, los comprobantes deberán contener la leyenda y la separación del IVA retenido en forma impresa.
Hay otra prorroga para tener la leyenda impresa?
Nuestros proveedores no quieren imprimir facturas especiales debido que somos el único cliente ECEX.
Estamos en este dilema: retención obligatoria pero imposiblilidad de cúmplir con el requisito de la leyenda impresa.
Como lo han manejado ustedes?