09/Dic/08 14:03
Descuento al empleado por viaticos
Una pregunta, tengo un caso donde el trabajador se le dió un anticipo para un viaje, sin embargo no comprobo el 100% del anticipo. Sin embargo le queremos descontar la totalidad del adeudo.
Con fundamento en el articulo 110 de la LFT tenemos un limite, si lo aplicamos recuperamos el adeudo en casi 10 meses.
Queremos ver la posibilidad de descontarle al trabajador en una sola exhibición.
Recuerdo que en una ocasión, se le dió una interpretación al articulo 110 de la LFT que como no marcaba si era Salario minimo mensual o anual, le podiamos dar la interpretación de anual. Que opinan?
Es posible?