26/Abr/09 09:24
BASE SALARIO MINIMO DE INDEMINZACION Y PRIMA DE ANTIGUEDAD
COMO LO COMENTE EN OTRO TOPICO, VOY A LIQUIDAR A UNA PERSONA EN LA EMPRESA, SOLO QUE NO CONCUERDO CON EL FINIQUITO QUE TRAJO LA PERSONA ENCARGADA.
MI DUDA ES LA SIGUIENTE
LOS 3 MESES DE SALARIO COMO INDEMNIZACION, LA BASE ES EL SALARIO DIARIO O EL SALARIO DIARIO INTEGRADO
LA PRIMA DE ANTIGUEDAD TAL COMO LO DICE EL ARTICULO 485 Y 486 DE LA LFT, CUAL ES LA BASE, EL SALARIO MINIMO DEL AREA DEL CONTRIBUYENTE O EL DOBLE DEL SALARIO MINIMO?
GRACIAS POR SU AYUDA
MATTY