En el caso de una liquidacion que sueldo se debe de considerar para el efecto,el que menciona el contrato individual de trabajo,en el cual,menciona determinada actividad y sueldo , o se debe de considerar el ingreso y actividad que actualmente desempeño el trabajador,aun cuando no haya un documento que respalde lo ultimo.
Que le parece si determina el salario promedio de sus recibos de nominas.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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14/Oct/09 22:32
Re: QUE PREVALE
Hola. Me parece que sería mejor seguir charlando en el otro tema identico: http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=37290&idCat=17
Wense,
El Lic.
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=8/
¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com