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11/Jun/10 01:40
Deducciones a través de estados de cuenta - Año 2008

Hola.

Mi pregunta es si puedo deducir gastos médicos a través de los estados de cuenta de las tarjetas que utilice para hacer el pago al hospital. En su momento no pedí factura.

Realice varios pagos desde enero hasta septiembre del año 2008 al mismo hospital, pero sólo tengo los de enero.

Mis estados de cuenta tienen el RFC del hospital y la cantidad que pagué con tarjeta de crédito.

Mi pregunta tiene lugar debido a que tengo que realizar mi declaración del 2008.

Ahora bien, estoy obligado a presentarla, pero no lo hice en su momento, Tengo que hacerla complemantaria o normal?.

Mi régimen es salarios (mi empresa me paga un sueldo mensual).


Gracias.
 
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linxar
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01/Sep/10 22:35
Re: Deducciones a través de estados de cuenta - Año 2008

Indudablemente es una declaracion 'Normal'

Ver articulo 176 de LISR

Reglamento de la Ley de ISR, Artículo 240. Para los efectos de la fracción I del artículo 176 de la Ley, se consideran incluidos en las deducciones a que se refiere dicha fracción, los gastos estrictamente indispensables efectuados por concepto de compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente, medicinas que se incluyan en los documentos que expidan las instituciones hospitalarias, honorarios a enfermeras y por análisis, estudios clínicos o prótesis.

Asimismo, se consideran incluidos en las deducciones a que se refiere el párrafo anterior, los gastos efectuados por concepto de compra de lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales, hasta por un monto de $2,500.00, en el ejercicio, por cada una de las personas a las que se refiere la fracción citada, siempre que se describan las características de dichos lentes en el comprobante que se expida de acuerdo con las disposiciones fiscales o, en su defecto, se cuente con el diagnóstico de oftalmólogo u optometrista. Para los efectos del presente párrafo, el monto que exceda de la cantidad antes mencionada no será deducible.

Sólo podrán deducirse los pagos por honorarios médicos y dentales, cuando en el recibo correspondiente se haga constar que quien presta el servicio cuenta con título profesional de médico o de cirujano dentista.
 
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tornado
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29/Oct/10 09:49
Re: Deducciones a través de estados de cuenta - Año 2008

Efectivamente los estados de cuenta bancarios servirian como documentacion comprobatoria, siempre y cuando se muestren en las erogaciones el RFC a quien se depositaria los desembolsos y ademas debera incluirse el IVA trasladado correspondiente.

Si no se tiene el IVA acreditado separado expresamente, consideraria que no pudiese deducirse el comprobante, ya que en el art 31 LISR se señala como un requisito indispensable.

Por otra parte, esta erogaciones no seria un gasto deducible, sino mas bien una deduccion personal, en cuyo caso, no se requeriria el tener que cumplirse con el requisito de tener el IVA expresamente señalado por separado.

Tambien estoy de acuerdo que pudiese aplicarse una declaracion complementaria. intentala meter en fechas que se procure aplicar el programa de devoluciones automaticas, si se desea no tenerse que enviar documentacion a la autoridad, en ocasiones por algunos muy pocos contribuyentes no lo hacen, los pasan por buenos, en especial si cuentan con las herramientas de que los datos fueron corroborados por terceras fuentes y coincidieron.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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29/Oct/10 09:52
Re: Deducciones a través de estados de cuenta - Año 2008

El problema que si la empresa realizo la declaracion anual, ahora debera realizar una complementaria para que no se incluya esa declaracion, mas sin embargo si declarar las percepciones y retenciones correspondientes.

Debe expedirte una constancia que coincida con esta declaracion y por tu cuenta presentar la declaracion correspondiente
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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