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14/May/18 14:02
Pensión Alimenticia promovida por no custodio

Buen día compañeros,

Una duda, la demanda por pensión alimenticia puede ser promovida por el progenitor NO custodio? Esto con motivos de cumplir con su obligación de proveer alimentación a su hijo. O tiene que ser promovido por el progenitor Custodio o sus hijos?

Gracias.
 
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AlxTorres
Sargento Primero

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17/May/18 12:18
Re: Pensión Alimenticia promovida por no custodio

Buenas tardes AlxTorres.
La ley establece que la demanda por alimentos la pueden realizar las siguientes personas:

1.-El cónyuge, es decir, la mujer o el marido según sea el caso.
2.-Los descendientes, es decir los hijos, los nietos y en general todos los descendientes en la línea recta.
3.-Los ascendientes, es decir los padres, abuelos, bisabuelos, etc.
4.-Los hermanos.
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
General de Brigada

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