26/Mar/21 16:34
reparto de utilidades cuando hay sustitución patronal
Buen dia a todo(a)s:
Solicito de su valioso apoyo, explico lo mas breve posible, en 2019 estábamos dados de alta en una empresa de administración de personal, pero en noviembre del 2019 se crearon tres empresas nuevas (mismos dueños) estas si tiene como actividad la real a la que se dedica la empresa y se repartieron a los trabajadores en estas tres empresas, dando el alta de los trabajadores a partir del 01 de enero del 2020, se firmo nuevos contratos y un oficio donde se especificaba que se respetaba la antigüedad y prestaciones de la empresa anterior( por lo que noviembre y diciembre el 2019 no se tuvo trabajadores en esta nuevas empresas). Las dudas serial las siguientes: Se puede considerar que por ser empresas de nueva creación no se tiene la obligación del pago de PTU el primer año, de ser así es correcto considerar el primer año desde la fecha de alta del primer trabajador (enero 2020) o es a partir del alta en hacienda (nov 2019) y se consideran años fiscales sin importar la fecha de alta por lo que noviembre y diciembre del 2019 ya seria el primer año es de noviembre a noviembre ? 2.- En la sustitución patronal al aceptar respetar las prestaciones de los trabajadores se puede considerar entonces también el pago de la PTU sin importar la fecha de creación de la empresa?
Perdón si me extendí mucho, agradezco de antemano su apoyo
Saludos