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20/May/24 17:24
Art. 37 ISR

dice: Cuando el contribuyente reinvierta la cantidad recuperada en la adquisición de bienes de naturaleza análoga a los que perdió, o bien, para redimir pasivos por la adquisición de dichos bienes, únicamente acumulará la parte de la cantidad recuperada no reinvertida o no utilizada para redimir pasivos

pregunta para Personas Físicas con actividad empresarial se le aplica este artículo o exención u otro artículo o miscelánea que le de esta facilidad
 
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JVC_BT
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20/May/24 21:59
Re: Art. 37 ISR

104 LISR primer párrafo.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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20/May/24 22:19
Re: Art. 37 ISR

Art. 101 Fracc. III LISR

Artículo 101. Para los efectos de esta Sección, se consideran ingresos acumulables por la realización de actividades empresariales o por la prestación de servicios profesionales, además de los señalados en el artículo anterior y en otros artículos de esta Ley, los siguientes:

III. Las cantidades que se recuperen por seguros, fianzas o responsabilidades a cargo de terceros, tratándose de pérdidas de bienes del contribuyente afectos a la actividad empresarial o al servicio profesional.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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