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13/Dic/06 17:33
Arrendamiento de sociedad conyugal

Buenas tardes

Una pareja se encuentra casada por bienes mancomunados, la Sra. se dio de alta como arrendataria (ella entregara los comprobantes fiscales), claro que como esta casada por sociedad conyugal, su esposo se va a dar de alta como arrendador representado (él ya esta dado de alta como comisionista), para incluir en la declaración anual la integracion de estos ingresos

¿en los pagos provisionales debo declarar el 50% de estos ingresos a cada uno? ¿o la sra. debe de incluir los ingresos al 100% en los pagos provisionales y en la anual, separa aun cuando las retenciones y pagos solo los realizo ella?

De antemano gracias
 
EML
 
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eml
Sargento Segundo

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13/Dic/06 20:04

En materia del ISR si, en materia de IVA solo el representante presenta declaraciones (32 LIVA) cuidado debe presentar aviso.
 
DS
 
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CERVANTES-QUIJANO
Capitán Primero

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13/Jul/24 10:48
Re: Arrendamiento de sociedad conyugal

Ahora que hay CFDI e información pre cargada estos temas se complican, ella tiene que ajustar sus ingresos de alguna manera y el incluirlos aunque no tenga CFDIs registrados. Lo mas transparente es que cada quien facture su 50%.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
General de Brigada

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13/Jul/24 12:09
Re: Arrendamiento de sociedad conyugal

Vencido el plazo para cualquier acción
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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