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11/Jul/24 19:27
ANUAL PF NO PRESENTADAM CADUCA O PREINSCRIBE

Hola buena tarde a todos.

Esperando que se encuentren bien, hago la siguiente pregunta pidiendo de su apoyo y consejo a lo siguiente, un contribuyente PF, régimen de arrendamiento, presento su declaración del ejercicio correspondiente al ejercicio fiscal de 2018, el 30 de abril de 2019, la cual opto pagarlas en 6 parcialidades en su momento, pero dichas parcialidades no fueron enteradas en su momento.

Ahora bien el pasado lunes le llego al correo electrónico del contribuyente una invitación, solicitándole la declaración pero en este caso la primera parcialidad, solamente mas no por el momento las 5 restantes,

Pero de acuerdo al articulo 67 del CFF, señala las facultades de las autoridades fiscales para determinar las contribuciones o aprovechamientos omitidos y sus accesorios, así como para imponer sanciones por infracciones a las disposiciones fiscales, se extinguen en el plazo de cinco años contados a partir del día siguiente a aquél en que:

I. Se presentó la declaración del ejercicio, cuando se tenga obligación de hacerlo. Tratándose de contribuciones con cálculo mensual definitivo, el plazo se computará a partir de la fecha en que debió haberse presentado la información que sobre estos impuestos se solicite en la declaración del ejercicio del impuesto sobre la renta. En estos casos las facultades se extinguirán por años de calendario completos, incluyendo aquellas facultades relacionadas con la exigibilidad de obligaciones distintas de la de presentar la declaración del ejercicio. No obstante lo anterior, cuando se presenten declaraciones complementarias el plazo empezará a computarse a partir del día siguiente a aquél en que se presentan, por lo que hace a los conceptos modificados en relación a la última declaración de esa misma contribución en el ejercicio.

Y DE ACUERDO AL ARTICULO 146 DEL CFF, señala que

El crédito fiscal se extingue por prescripción en el término de cinco años. (AQUÍ NO HAY CRÉDITO FISCAL), por el momento

El término de la prescripción se inicia a partir de la fecha en que el pago pudo ser legalmente exigido y se podrá oponer como excepción en los recursos administrativos o a través del juicio contencioso administrativo. El término para que se consuma la prescripción se interrumpe con cada gestión de cobro que el acreedor notifique o haga saber al deudor o por el reconocimiento expreso o tácito de éste respecto de la existencia del crédito. Se considera gestión de cobro cualquier actuación de la autoridad dentro del procedimiento administrativo de ejecución, siempre que se haga del conocimiento del deudor.

Por lo tanto mi pregunta seria, deberá presentar una complementaria o ya no! de acuerdo al articulo 67, pues el computo es a partir de 2019, mas 2020, 2021, 2022, 2023??? aquí ya pasaron los 5 años?.

que opinan, contas, de antemano les agradezco mucho su apoyo su consejo

saludos
 
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alvadgelis
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12/Jul/24 09:03
Re: ANUAL PF NO PRESENTADAM CADUCA O PREINSCRIBE

Puedes intentarlo, responder que el crédito fiscal ya prescribió y a ver que te responden. Es viable que pongan la opinión de cumplimiento negativa. Sugiero que te asesores con un abogado fiscalista que te diga como resolver los temas que muy seguramente vas a enfrentar porque el SAT no te va a dejar ir tan fácil.
 
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Cheque
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12/Jul/24 09:16
Re: ANUAL PF NO PRESENTADAM CADUCA O PREINSCRIBE

en abril 2024 venció el plazo venció el plazo para cualquier acción en torno a la presentación de la anual del 2019, sin embargo al optarse por el pago en parcialidades y no haber cumplido en tiempo y forma pudiera haber tema con la autoridad
 
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CP_PACO
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12/Jul/24 10:09
Re: ANUAL PF NO PRESENTADAM CADUCA O PREINSCRIBE

Muchas gracias contas Cheque y Paco,

Es correcto y muy claro lo que señalan, ayer descargue su opinión de cumplimiento y aparece como positiva, ademas al haber no cumplido en pagarlas la autoridad va a estar muy encima de este contribuyente, ahora bien al presentar una complementaria ya sea por el total del importe histórico mas actualización y recargos, temo que la autoridad tenga mas opción para una revisión a fondo pues al presentarla en este año pues tendrá 5 mas.......

Si me tendré que apoyar con un fiscalista para que me indique que es lo mas sano hacer, ya que este cliente para ese entonces no estaba en mis manos pero ahora si¡¡¡¡

gracias nuevamente.

Saludos
 
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alvadgelis
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12/Jul/24 10:56
Re: ANUAL PF NO PRESENTADAM CADUCA O PREINSCRIBE

Nada mejor que el acompañamiento legal debido
 
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CP_PACO
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14/Jul/24 21:57
Re: ANUAL PF NO PRESENTADAM CADUCA O PREINSCRIBE

El crédito fiscal sí esxite, fue autodeterminado, y se hace exigible a partir de que venció el plazo del pago de la primer parcialidad, por lo que es desde esa fecha en que se computa el plazo de los 5 años para que opere la prescripción del crédito fiscal.

En estos casos la autoridad debe también emitir una resolución en la que liquide el crédito fiscal, con actualización y accesorios.

Si ya transcurrió el plazo de 5 años, computados como se ha mencionado y nunca medió una gestión de cobro, puede solicitarse la declaratoria de prescripción.

No recomendaría presentar una complementaria, pues podrías revivir desde cero el plazo para que opere la prescripción, así como la caducidad de las facultades de comprobación, abriendo la posibilidad a la autoridad de cobrar o revisar.

Notas:
Cerciorate bien que en realidad no hubo gestiones de cobro notificadas los últimos 5 años.

Saludos.
 
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legalgdl
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15/Jul/24 19:18
Re: ANUAL PF NO PRESENTADAM CADUCA O PREINSCRIBE

Buena tarde

Gracias contador legalgdl, he revisado precisamente si tuvo algún crédito fiscal hasta donde puedo abarcar en base a buzón tributario y mi portal tuvo algunos, pero por no retener le ISR de otra PM, pero respecto a su anual No!,

En base a lo que me comentas sobre las parcialidades la primera era en mayo de 2019 y así sucesivamente los 5 restantes siendo la última en octubre de 2019, que para 2023, se vencieron las 6.

Ya platiqué con el cliente y me comenta que correrá el riesgo de no presentarlas pues el indica que nunca le notificaron por correo, en domicilio y actualmente buzón tributario algún crédito fiscal. vamos a esperar que paso sigue por la autoridad, pero estoy notando que quieren sacar dinero a todos los que tengan algunas cuentas pendientes y pues hay que estar buzos porque así van a estar los próximos 6 años restantes,,,,, hace falta lana para el gobierno entrante, bueno es mi criterio....

gracias por su tiempo
 
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alvadgelis
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