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18/Jul/24 10:38
METODO PUE O PPD EN CUANTO ANTICIPOS

Buenas tardes

Como están manejando los métodos PUE y PPD en cuanto anticipos? Quiero aclarar que estos anticipos se solicitan al cliente para solventar todos los pagos a cuenta de terceros, es decir, que no se realiza CFDI de anticipo debido a que son parcialidades para cubrir la cuenta de gastos final y comprobar las importaciones.

Ejemplo:

Recibo anticipo por el cliente el 15 de junio por $50,000 mil pesos, pero la cuenta de gastos se timbra hasta el 20 de julio con método PUE o PPD? Es incongruente manejarla con metodo PPD y timbrar complementos de pago con fechas anteriores, ustedes que opinan?
 
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pgangel
Soldado

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19/Jul/24 09:15
Re: METODO PUE O PPD EN CUANTO ANTICIPOS

Ten en cuenta la guía de llenado, aunque coloquialmente les llames anticipos y los trates como tales, puede ser que fiscalmente no sean lo que el SAT considera como tales. Es como un pago adelantado, forzosamente debe ser PUE.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
General de Brigada

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19/Jul/24 09:26
Re: METODO PUE O PPD EN CUANTO ANTICIPOS

Con información del SAT

Se estará ante el caso de una operación en dónde existe el pago de un anticipo,
cuando se realice un pago en dónde:
a. No se conoce o no se ha determinado el bien o servicio que se va a adquirir
o el precio del mismo.
b. No se conoce o no se han determinado ni el bien o servicio que se va a
adquirir ni el precio del mismo.
No se considera anticipo:
A. La entrega de una cantidad por concepto de garantía o depósito, es decir, la
entrega de una cantidad que garantiza la realización o cumplimiento de alguna
condición, como sucede en el caso del depósito que en ocasiones se realiza por el
arrendatario al arrendador para garantizar del pago de las rentas en el caso de un
contrato de arrendamiento inmobiliario.
B. En el caso de operaciones en las cuales ya exista acuerdo sobre el bien o servicio
que se va a adquirir y de su precio, aunque se trate de un acuerdo no escrito, y el
comprador o adquirente del servicio realiza el pago de una parte del precio, estamos
ante una venta en parcialidades y no ante un anticipo.

Fundamento: Artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, 17 de la Ley del
Impuesto sobre la Renta y 1-B de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, “Apéndice 6
Procedimiento para la emisión de los CFDI en el caso de anticipos recibidos” del
“Anexo 20 Guía de llenado de comprobantes fiscales digitales por Internet”.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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30/Ago/24 10:56
Re: METODO PUE O PPD EN CUANTO ANTICIPOS

Buen dia comunidad, tengo un caso similar al expuesto en este hilo, me queda la duda con referencia al manejo del IVA y el momento en que seria acreditable, como lo mencionan si hubo depositos en periodos anteriores, voy acreditar de acuerdo al flujo en periodos anteriores aunque en el momento no contaba con el CFDI, o estaria acreditando ese IVA en el periodo en que se genero el CFDI?

Saludos!
 
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a_ramirez
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