05/Dic/06 15:59
Re: Deducción de obsoletos
No hay un artículo que contemple exactamente este caso, es un tema de lógica, contemplación y sentido común:
1. Lo dedujiste cuando lo compraste (antes de 2005).
2. Nunca ha pasado por el costo de ventas, por ende, no ha pasado por la conciliación contable y fiscal como deducción contable no fiscal.
3. Sigue en inventarios.
4. Al estar en el inventario, al cierre de 2004, forma parte del inventario base, tuviste que elegir:
A. Acumularlo.
B. No acumularlo, pero en consecuencia las primeras ventas del 2005 hasta llegar al monto del inventario base, se consideraba su costo como no deducible....
En cualquiera de los dos escenarios, ya pagaste el efecto de la deducción que ya tenías, razón de lo cual al enviarlo al costo de ventas como inventarios obsoletos...esta perfectamente válido, te recomiendo enajenarlo a valor simbólico, chatarra, etc, dependiendo del material que sea, para que le des salida en el inventario a través del costo de ventas.
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.