En dias recientes me encuetro pagando diferencia de impuestos que presuntivamente la autoridad me determino.
El impuesto es sustancioso, por ello e platicado con la oficina recaudadora y he llegado a un acuerdo, el cual consiste en pagarles el Capital y que me condonen los Recargos y las Actualizaciones, pero la autoridad me dice que dicha peticion se la haga por escrito y fundamentada.
En lo que respecta al fundamento, me dicen que el dia 13 de Noviembre del Año en curso salio publicado esta opcion, de pagar el impuesto y no pagar los Recargos y Actualizaciones..
Lo que existe por lo regular es el 70A y 74, en ambos se puede obtener la reducción o condonación de multas hasta el 100%, la aplicación de recargos reducidos, pero se pagan al 100% la actualización y el impuesto, no aplica para IVA ni impuestos retenidos.
En ocasiones se emiten aministías fiscale que permiten algo más y tambiém repatriación de capitales.
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.