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02/Oct/06 9:15
Dictaminarse

Hola!!!

Buen día, alguien me pudiera indicar cual es el monto de Ingresos acumulables para que una empresa tenga que dictaminarse?...

Gracias y espero sus comentarios.

Saludos.
 
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amchi
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02/Oct/06 9:24

Hola,

Ya encontre la respuesta:
"Las personas físicas con actividades empresariales y las personas morales que se encuentran en alguno de los supuestos de las siguientes fracciones, están obligadas a dictaminar, en los términos del Artículo 52 del Código Fiscal de la Federación, sus estados financieros por contador público autorizado.

I. Las que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $30,470,980.00, que el valor de su activo determinado en los términos de la Ley del Impuesto al Activo sea superior a $60,941,970.00 o que por lo menos 300 de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior. Las cantidades a que se refiere este párrafo se actualizarán anualmente, en los términos del artículo 17-A de este ordenamiento."

Saludos.
 
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amchi
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17/Oct/24 08:09
Re: Dictaminarse

Excelente, en este portal hay una sección de Cantidades actualizadas, entre las cuales viene ese dato.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
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17/Oct/24 08:53
Re: Dictaminarse

Vencido cualquier plazo al efecto
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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