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06/Ago/06 19:14
credito al salario anual

Buenas tardes:

Mi pregunta es la siguiente:

Una persona fisica tiene ingresos por sueldos y salarios y por servicios profesionales para el cálculo anual del impto determinado al restarle el subsidio acreditable (.7000) estoy afectando también a los ingresos por honorarios y mi duda es si es correcta que afecto a los dos ingresos la proporcion o solo a la de salarios. y si existe le puedo aplicar el crédito salario anual.

De antemano gracias por la ayuda
 
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flaquiis
Soldado

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07/Ago/06 9:37

Al acumular ingresos de dos Capítulos, en tu caso, sueldos y honorarios (servicios profesionales), determinas un solo subsidio y al mismo le restan la cantidad que como subsidio no acreditable tengas en el Capítulo de salarios... revisa el último párrafo del 178 de LISR... y en relación al CAS no aplica en la anual...

Lo que puede llegar a ser aplicable en sustitución del CAS es el subsidio fiscal de 1,800.00 que se otorga por parte de la autoridad, mismo que podrás aplicar condicionado a que los ingresos conjuntos no sean mayores a 300,000.00.


Saludos.
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
Teniente Coronel

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02/Ene/25 08:11
Re: credito al salario anual

De acuerdo.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
General de Brigada

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02/Ene/25 09:12
Re: credito al salario anual

A partir de 2008, se eliminó dicho crédito y se remplazó por el subsidio al empleo
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
General de División

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