15/Mar/07 12:17
Enejanció de bienes ¿duplicidad de deducción?
Que tal, buenas tardes.
Les presento el siguiente caso:
PF, dueña de terreno, construye locales para darlos en arrendamiento....esto apartir de 2005, en los ejercicio 2005,2006 y 2007 dedujo en base a "deducciones autorizadas" incluyendo la deducción del edificio.
Hoy, enajena dichos bienes (terrenos y construcciones), se determinará el impuesto en base al capítulo de "enajenacion de bienes", en el cual deducira el 3% anual de la construccion.
¿Existe doble deducción, al considerar como tal tanto el 5% de cada ejercicio (arrendamiento) y ahora el 3% por enajenación de bienes?
Saludos y gracias por su opinión!!