EN LA DECLARACION ANUAL DE ISR DE 2006 OBTUVE UN SALDO A FAVOR DE ISR, EN EL PAGO PROVISIONAL DE MARZO PAGUE IVA E ISR RETENIDO A TERCEROS, SI NO COMPENSE EL SALDO A FAVOR PIERDO EL DERECHO POR NO HABERLO COMPENSADO CON IVA E ISR DE MARZO? O PUEDO COMPENSARLO AHORITA CON EL PAGO QUE VOY A REALIZAR DE IVA E ISR DE ABRIL ?