27/Feb/08 12:58
Re: Pago de Impuestos a traves de un tercero?
URIAS:
La empresa que cubre los impuestos por la otra, que se registre en deudores diversos, la otra provisiona el valor total en acreedores diversos contra la cancelacion de los impuestos por pagar
Cuando se reembolse, cancelan las provisiones de deudores y acreedores diversos segun como correspondan.
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Al realizar esta pregunta URIAS, me recuerda la anectota que me paso hace como un año.
En una empresa doy asistencia organizacional, determinacion de impuestos y contabilidad, llegan los auditores externos y es un grupo de empresas, la mas grande (digamos la mama de todas) paga los impuestos de ella mismas y de sus hijitas.... no son sus hijitas, pero subsisten de la mas grande.
Uno de los auditores, me indicaba que esta mal, pagarse los impuestos de esa forma (que la mas grande pague los impuestos de todas), que deben ser cubiertos por medio del portal bancario... le indico que eso se hizo, asi se pago.
Replica, pues no esta bien, porque no esta pagado por el contribuyente, le comento, pues si esta pagado, al momento de reembolsarse esa erogacion y que siempre se hace al dia siguiente a mas tardar.
Pues... que debe realizarse de manera directa, pues le pregunto ¿donde viene eso en las leyes fiscales?... la orden es que se pague los impuestos, no que alguna persona en particular los pague y de tal forma, da la libertad absoluta.
Pasaron dos dias mas, el jefe de los auditores, me llega despues a cuestionarme porque se paga asi.
Le argumento por comodidad y por no incurrir gastos por comisiones de internet, en las empresas mas pequeñas... es un costo adicional innecesario.
Me replica en tono medio molesto, argumentandome, que los determinaria en el dictamen, como NO DEDUCIBLES.
Me volteo con una sonrisa y le comento y ¿desde cuando los impuestos son deducibles? Y que nunca fueron determinados de otra forma.
Al ultimo medio acepto y que posiblemente seria observado en su informe, le comente pues tenia todo su derecho en informar lo que requiera, pero ahi debe proceder indicar si se paga o no se pagan los impuestos conforme a las leyes fiscales.
Finalmente el dictamen y sus informe salio como siempre... claro ya venian dictaminando 3 años mas atras y apenas hasta la 3ra vez fue que lo observaron. Menos mal que se enteraron en alguna ocasion.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?