13/Ago/08 23:27
Re: CONTRATO POR CAPACITACION
Practicamente es un beneficio para el trabajador y para la empresa. El problema haber si el beneficio llega para la empresa. Pues en ocasiones la empresa que sufraga el gasto de la capacitacion no es la beneficiaria.
En muchas ocasiones los que otorgan el curso, le dan las alas a otros clientes, para beneficiarse de personal ya capacitado.
La compania que otorga beneficios, de asegurarse con imponer un contrato al proveedor de capacitaras de no otorgar el nombre o datos con respecto de la compania para no verse perjudicada.
Ademas la compania debe otorgar un mejoramiento en las prestaciones y en los salarios, pues habria mayores capacitacion, posiblemente mayores habilidades en sus empleados.
Pero, no seria con una sola medida suficiente, para el aseguramiento del personal capacitado.
Algunos bancos, les aplican a sus empleados de capacitados, el costo de esa capacitacion en su liquidacion.
De cualquier manera, imponer sanciones al empleado o imponer que se obligue a una antiguedad minima, resultaria un derecho laboral irrenunciable para el trabajador mismo, que puede ofrecer o no su servicio, al patron que mejor le convenga a sus intereses.
Pues el empleado, tambien puede informarse donde mas, podria cotizarse su labor con mayores percepciones economicas.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?