10/Oct/08 13:48
Re: ¿IVA a tasa 0%?
Estimados Garcyasocp y Enrique9727,
Antes de todo, muchas gracias por haber tomado de su tiempo para contestarme.
Sí he leído de manera cuidadosa los artículos 1, 29 de la LIVA y el 58 del reglamento y todavía tengo dudas. de la misma manera que dos contadores que me han dado una opinión opuesta.
Hoy fui personalmente al SAT para hacer una consulta pero nada sin cita y no había diponibilidad antes de la próxima semana.
Lo siento si no me expliqué bien, voy a tomar un ejemplo:
La empresa de mudanza X establecida en Europa, organiza la mudanza internacional de una persona Y que va a venir a vivir en México.
La empresa X se encarga de empacar el menaje de casa, de su exportación y del transporte internacional hasta el punto de entrada en México (Veracruz o el aeropuerto internacional de la CD de México).
Para establecer su presupuesto al cliente Y, la empresa X nos solicita un presupuesto para el servicio en destino (en México).
El servicio en destino consiste en los trámites aduanales en la aduana de entrada, organizar el transporte hasta el domicilio de la persona Y (recién llegada en el país), y de desempacar el menaje.
La empresa X es la que nos contrata por este servicio en destino y la factura se emite a nombre de esta misma empresa X. A ningún momento recibimos ordenes o pagos de la persona Y porque ella pagó el servicio completo de mudanza en origen, es decir en el extranjero.
La empresa X nos dice que no debemos cobrarle el IVA por ser un impuesto Mexicano.
Cabe señalar que cuando recibimos facturas del extranjero para el servicio en destino de menaje de casa que exportamos a Europa, nunca se cobra IVA, TVA o VAT en las facturas que recibimos.
No vemos bien a que fracción del artículo 29 de LIVA podemos relacionar a nuestra actividad.
Le agradezco por su paciencia,
Un cordial saludo.