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05/Dic/08 13:49
ESCRITO LIBRE

Buenas tardes a todos.
Espero que por favor me puedan ayudar ya que no puede encontrar en topicos anteriores y acepto que no entiendo del tema, a continuación describo la situación.

En meses anteriores se solicitó devolución de saldo a favor ISR de 2007 Persona física y por internet aparece que no procede por inconsistencias, etc... se procedió a tratar de presentar nuevamente la solicitud con complentaria (corregida) pero, dicen que como no se ha recibido la resolución de la anterior se debe presentar escrito libre para desistirse de ésta y entonces sí reciben la nueva solicitud de devolución, 5 días después de haber recibido el escrito.

Pregunto ¿Es correcto?. Si es así, no tengo idea de como redactar dicho escrito, esta es la ayuda que les pido. ¡muchas gracias!

Saludos
Josue
 
Josue
 
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Josue
Sargento Segundo

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05/Dic/08 14:00
Re: ESCRITO LIBRE

OK, ME TOCO UN CASO SIMILAR, ANTES DE QUE PRESENTES EL AVISO COMPLEMENTARIO, HAZ TU ESCRITO LIBRE, DONDE MENCIONE QUE TE DESISTES AL FOLIO ----- Y DE FECHA ---- CORRESPONDIENTE AL MES -----Y AÑO----....PARA QUE QUEDE CANCELADO Y PUEDAS HACER OTRO TRÁMITE DEL MISMO MES O AÑO......SI BIEN RECUERDAS QUE LOS ESCRITOS LIBRES DEBERAN DE CONTENER LOS REQUISITOS DE ACUERDO AL 18 Y 18-A CFF, AHI VIENEN TODO LO QUE OCUPAS EN TU HOJA,


SALUDOS...
 
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SHANGAI
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05/Dic/08 14:33
Re: ESCRITO LIBRE

El escrito libre deberá de basarse en el art 8 Constitucional (Derecho de Petición) y además tomar en cuanta el Art. 18 y Art. 18-A DEL CFF
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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05/Dic/08 16:21
Re: ESCRITO LIBRE

Hola Josue:

Ese tramite no ha terminado, quizas solo entregando la informacion que subsane las irregularidad con alcance al folio de recepcion sea suficiente para que no se corte y se reincie el tramite

El otro procedimiento de desistirse el tramite es indicar que el contribuyente desea CANCELARLO, es decir ya seguir adelante por ese tramite. Por lo que me parece mas prudente aplicar el procedimiento del parrafo anterior, pues no se reinicia el plazo por el tramite. Que aunque no sirve de mucho, pues los dias para finiquitar el tramite, depende de la disposicion de los funcionarios publicos
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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10/Dic/08 11:55
Re: ESCRITO LIBRE

Perdón por no haber contestado antes, les agradezco mucho su aportación a todos ustedes enrique9727,CP_PACO y SAHANGAI.

Su aportación me ha servido completamente para lo yo que necesitaba.

Saludos.
 
Josue
 
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Josue
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10/Dic/08 12:22
Re: ESCRITO LIBRE

Ok, te pedimos de favor nos indiques en que concluyó tu trámite....
 
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CP_PACO
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