25/Ene/09 02:00
Re: ¿Cómo debo facturar el Iva cuando una parte es 0%?
Una disculpa por la tardanza, pero creo que fue mejor asi, pues ya he logrado segun por mi parte, conseguir el razonamiento del art 17 CFF con respecto a la aplicacion de la tasa correcta en tu caso.
Existe una tasa del 0% pero para la edicion de ciertos libros. No soy adivino, pero supongo que no se cumpliria esos requisitos de estar editando los libros que se marca la LIVA, busca el articulo correspondiente y luego platicamos. Por lo tanto, le aplicaria la tasa del 15%
El secreto para aplicar la tasa 0% es que el contribuyente EDITE esos libros que enajenaria como una actividad paralela a la de estar otorgando servicios educativos, que supongo se imparten no entran en el art 15 F-IV
Por otra parte, se esta otorgando el servicio de educar y con los libros se cumpliria los objetivos, supongo que el proposito no es vender libros, es educar, ni se editan libros y se venden como un proposito paralelo. En ese entonces, esos bienes (libros) deben aplicarse la tasa del 15%, pues siguerian la suerte del principal. A menos, que se cumpla con los requisitos del art 2-A fraccion i) LIVA
Por otra parte, existerian libros a la tasa exenta o al no pago, observa el art 9 Fracc III LIVA. Que no ubico tu caso en este articulo
Tampoco lo ubico en el art 20 F- V LIVA, no observo el giro de arrendamiento, donde aqui los libros tambien estaria gravados a la tasa exenta o al no pago
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?