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29/Ene/09 10:30
calculo de salario minimo

buen dia. quisiera que me ayudaran con un calculo.

un trabajador de con salario minimo de 51.95 que trabajo durante un mes con 36 horas dobles y 4 horas triples. como se calcula la base?????

yo considero que 1610.45 de salario + 77.93 de horas extras triples,

mi profesor me dice que solo le tengo q hacer calculo a las horas triples xq el salario minimo es excento, pero yo incisto en que no, ya pregunte con otras personas y me dicen q si grava el salario minimo, pero ayer hable con el profesor y me sige diciendo que es excento el salario minimo....

me podrian ayudar, es un profesor que si conoce mucho, pero de plano difiero con el.

el me da el fundamento del art. 109 de la LISR
Artículo 109. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:
I. Las prestaciones distintas del salario que reciban los trabajadores del salario mínimo generalpara una o varias áreas geográficas, calculadas sobre la base de dicho salario, cuando no
excedan de los mínimos señalados por la legislación laboral, así como las remuneraciones
por concepto de tiempo extraordinario o de prestación de servicios que se realice en los días
de descanso sin disfrutar de otros en sustitución, hasta el límite establecido en la legislación
laboral, que perciban dichos trabajadores.

Y EL 113

Artículo 113. Quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo están obligados
a efectuar retenciones y enteros mensuales que tendrán el carácter de pagos provisionales a cuenta del
impuesto anual. No se efectuará retención a las personas que en el mes únicamente perciban un salario
mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente.


MUCHAS GRACIAS, POR SU AYUDA.

YO LO CHEQUE EN MI PROGRAMA DE NOMINA, NOMIPACK Y EN EFECTO SI LO GRAVA EL SALARIO MINIMO ASI QUE SUS RESPUESTAS SERAN DE MUCHA AYUDA GRACIAS
 
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viesof_06
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29/Ene/09 10:40
Re: calculo de salario minimo

Para su parte Ley del Impuesto Sobre la Renta, establece que tratándose de horas extras, éstas no estarán sujetas al pago por este impuesto si dicha prestación proviene de trabajadores que ganen el salario mínimo, siempre y cuando no rebasen el limite establecido de tres horas diarias tres veces por semana; y en caso de rebasar este limite, el excedente deberá gravarse y pagar el impuesto correspondiente.

Por último, los trabajadores que su salario sea superior al mínimo, tendrán derecho a un exención del 50% sobre el monto pagado de horas extras, sin que dicha exención exceda de cinco veces el salario mínimo ; si la parte del 50% exenta rebasa los cinco salarios mínimos, la diferencia se sumara como gravada al 50% no exento, y si el pago de horas extras excediera de tres horas diarias tres veces por semana el excedente de la limitante estará gravado en su totalidad.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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01/Feb/09 21:08
Re: calculo de salario minimo

Es importante indicar que el profesor ha indicado que las remuneraciones por salario minimo son exentas Y tiene toda razon.

Pero, las horas extras, debe aplicarse la otra exencion relativa a las horas extras y la parte excedente gravaria el ISR. No le aplican la exencion del tiempo ordinario.

Pero estas horas extras no jalan a gravar el tiempo ordinario a gravarse, puesto que ya quedo establecido como exento

La parte exenta no puede quitarse o eliminarse

No porque el trabajador genere tiempos extras y logre ganar mas que las partidas exentas, resulte que no puedan establecerse la exencion
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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01/Feb/09 22:26
Re: calculo de salario minimo

estamos de acuerdo con lo que dicen los colegas, pero seria bueno que le des una checadita a los articulos 66, 67 y 68 de la LF.T.
 
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jmms
Sargento Primero

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02/Feb/09 16:19
Re: calculo de salario minimo

Analizando el comentario de jmms.

Agregaría que el Art, 109 F-I de la LISR, se produce gracias a que se debe respetar al Art. 90 la LFT
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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02/Feb/09 21:01
Re: calculo de salario minimo

CHEQUE EN MI PROGRAMA DE NOMINA, NOMIPACK Y EN EFECTO SI LO GRAVA EL SALARIO MINIMO

:neutral: Buenas noches. Verifique que si ese trabajador tuvo hs extras que rebasen el limite permitido x la LFT, entonces le grave solamente ese excedente.

Suerte,
El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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