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13/Feb/09 14:19
Contancia de Retencion en Autotransporte de Carga

Muy buenas tardes compañeros foristas le mando un cordial saludo y asu vez queria ver si de favor que pudieran ayudar a resolver un problema.

Solicite una devolucion de IVA por declaratoria, depues de un lapso de tiempo me requieren que presenta cierta documentacion, pero el problema es que dentro de esa documentacion, solicitan copia y original de la constancia de retencion, yo soy una persona dedicada al transporte de carga, solicito eso a las empresas donde trabajamos y me dicen que en un mes o dos me dan los papeles, el problema que tengo 20 dias habiles, no se si alguien me pudiera decir de favor como justificar, porque llame al SAT y les comente que si pudiera llevarle copia de las carta-porte en vez de la constancia y me dicen que no. Y un contador me comento que habia un articulo que decia que a falta de la constancia de retencion se puede entregar copia de las carta-porte pero no se el fundamento.

No se de favor alguien me pudiera asesorar en ese aspecto. Gracias.
 
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VICTORHUGO
Soldado

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13/Feb/09 14:52
Re: Contancia de Retencion en Autotransporte de Carga

Y el Contador que te comentó de la facilidad no te regaló el fundamento legal de la misma?
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
General de División

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13/Feb/09 15:49
Re: Contancia de Retencion en Autotransporte de Carga

HOLA BUENAS TARDES.


EN EFECTO ES UNA REGLA DE LA RMF LA CUAL TRANSCRIBO:

Cumplimiento de la obligación de expedir constancia de retención del IVA en servicios de autotransporte
I.5.1.3. Para los efectos del artículo 32, fracción V de la Ley del IVA, los contribuyentes que reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes, tendrán por cumplida la obligación de expedir la constancia a que se refiere el mismo, cuando la carta de porte que deban acompañar a las mercancías en los términos del artículo 29-B del CFF o, en su defecto, el comprobante que se emita para efectos fiscales, incluya la leyenda “Impuesto retenido de conformidad con la Ley del Impuesto al Valor Agregado” por escrito o mediante sello, así como el monto del impuesto retenido.
LIVA 32, CFF 29-B, (RMF 2007 5.1.5.)


SALUDOS

MARIO ORLANDO
 
C.P. Mario Orlando Beltran Lopez
 
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cpmario
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16/Feb/09 09:56
Re: Contancia de Retencion en Autotransporte de Carga

Asi es cpmario.

Gracias por adelantarte, estube buscando esa regla.

Saludos
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
General de Brigada

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