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17/Sep/09 16:33
CAMBIO DE FORMA DE TRABAJO

RESULTA SER QUE POR BAJAS VENTAS DESPIDEN A TODO EL PERSONAL DE LA SUCURSAL QUEDANDO SOLO YO, PERO CONTRATADA BAJO CIRCUSTANCIAS DIFERENTES ....COMISIONISTA.

BUENO EN FIN ACEPTE DARE MI FACTURA Y PAGARE MIS IMPUESTOS, CLARO ESTA QUE LA EMPRESA NO ME DARA PRESTACIONES DE LEY.

PERO AHORA ME INFORMAN QUE ME DESCONTARAN EL 10%

LO QUE NO ENTIENDO ES POR QUE ESTE DESCUENTO SI YO ME ENCARGARE DE HACER MIS DECLARACIONES, ME EXPLICA EL CONTADOR QUE ES POR QUE HACIENDA SE QUIERE PROTEGER DE PERSONAS COMO YO, QUE LLEGEN A NO PAGAR... PERO AUN ASI TENGO QUE DECLARAR Y HACER MIS PAGOS.

ESTO ES CONFUSO PARA MI, ME PUEDEN ACLARAR ESTE PUNTO POR FAVOR...
 
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astrokh
Soldado

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17/Sep/09 17:04
Re: CAMBIO DE FORMA DE TRABAJO

PERO AHORA ME INFORMAN QUE ME DESCONTARAN EL 10% ,..............PORQUE CONCEPTOS ?

LO QUE NO ENTIENDO ES POR QUE ESTE DESCUENTO SI YO ME ENCARGARE DE HACER MIS DECLARACIONES, ME EXPLICA EL CONTADOR QUE ES POR QUE HACIENDA SE QUIERE PROTEGER DE PERSONAS COMO YO, QUE LLEGEN A NO PAGAR.............AHHHHHHHHHH QUE CONTADOR TAN PEN.........TONTO................COMO ESTA ESO ?, QUE TE FUNDAMENTE BIEN

SALUDOSEditado: Septiembre 17, 2009 17:05:49
 
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lobozac
General Brigadier

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17/Sep/09 17:32
Re: CAMBIO DE FORMA DE TRABAJO

Creo que la mejor opinion al respecto se la tiene que dar el LCP que contrate en su entidad para que le lleve su su situacion contable y fiscal no le parece? Disculpe si se le hace grosero mi comentario pero opiniones aqui puede encontrar muchas y muy buenas pero finalmente este foro siento yo es mas de terminos legales tecnicos y que a usted se le haria dificil de entender y finalmente es que alguien a quien usted vaya a confiarle su contabilidad le explique como son las cosas buen dia.
 
La verdad de la vida son las relaciones con las personas lo que da valor y sentido a la vida.......
 
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karinacastro
Capitán Segundo

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17/Sep/09 17:35
Re: CAMBIO DE FORMA DE TRABAJO

Astrokh: No hay problema, la retención de la que te habla la empresa aunque les faltó fundamentarla es la siguiente:

Artículo 3 RLIVA. Para los efectos del artículo 1o.- A, último párrafo de la Ley, las personas morales obligadas a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, lo harán en una cantidad menor, en los casos siguientes:

I. La retención se hará por las dos terceras partes del impuesto que se les traslade y que haya sido efectivamente pagado, cuando el impuesto le sea trasladado por personas físicas por las operaciones siguientes:

a) Prestación de servicios personales independientes;

b) Prestación de servicios de comisión, y

c) Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
 
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CP_PACO
General de División

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17/Sep/09 17:37
Re: CAMBIO DE FORMA DE TRABAJO

ASTROKH:

'PERO AHORA ME INFORMAN QUE ME DESCONTARAN EL 10%
LO QUE NO ENTIENDO ES POR QUE ESTE DESCUENTO SI YO ME ENCARGARE DE HACER MIS DECLARACIONES, ME EXPLICA EL CONTADOR QUE ES POR QUE HACIENDA SE QUIERE PROTEGER DE PERSONAS COMO YO, QUE LLEGEN A NO PAGAR... PERO AUN ASI TENGO QUE DECLARAR Y HACER MIS PAGOS'


Hola,Astrokh:
Dejando a un lado que usted es 'una empleada disfrazada'....En el caso que comenta que se registro en Hacienda como 'Comisionista'....Las UNICAS obligaciones que tiene usted ante Hacienda serian:

1.- ISR por su actividad propia
2.- IVA
3.- RETENCION DE IVA e
4.- IETU

......Salvo que estuviera registrada como Honorarios....tambien tendria la obligacion del 10% de ISR Retenido....

En que regimen se encuentra? Cuales son las obligaciones que usted tiene en su cedula? El contador para poder 'descontarle el 10%, tendria que informarle a usted bajo 'que concepto seria'...no nomas asi por sus pistolas...El le lleva la contabilidad?...


Salu2!!!!
 
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memoli
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17/Sep/09 17:42
Re: CAMBIO DE FORMA DE TRABAJO

COMISIONISTA, TE ESTAN APLICANDO LA FRACCION I INCISO D, DEL ARTICULO 1-A DE LA LEY DEL IVA. EL CUAL DICE QUE:

LAS PERSONAS MORALES ESTARAN OBLIGADAS A RETENER EL IVA QUE SE LES TRASLADEN CUANDO RECIBAN SERVICIOS PRESTADOS POR COMISIONISTAS, CUANDO ESTOS (LOS COMISIONISTAS) SEAN PERSONAS FISICAS.

EN ESTE ORDEN DE IDEAS, LO QUE ESTAN HACIENDO ES:

COMISIONES $10,000
IVA $1,500
SUBTOTAL $11,500
RETENCION DE IVA (ES EL DESCUENTO) $1,000 (SE RETIENEN 2/3 PARTES DE ACUERDO AL ART. 3 DEL REGLAMENTO DE IVA)
NETO A PAGAR $10,500

CUANDO HAGAS TU DECLARACION, SERA COMO SIGUE:

DE LOS INGRESOS OBTENIDOS POR $10,000
CAUSAS IVA COBRADO POR $1,500
(-)IVA RETENIDO POR LA EMPRESA $1,000
(=) IVA A PAGAR $500 (PAGAS LA DIFERENCIA)

ESPERO HABER SIDO CLARO.

SALUDOS

CREO QUE ESTE ES TU CASO, Y
 
Si puedes ser util a los demas, no dudes en hacerlo
 
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rgchavez
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18/Sep/09 08:36
Re: CAMBIO DE FORMA DE TRABAJO

Buenos días,

Efectivamente la retención es la del IVA, dejando de lado la aparente rudeza con la que te lo dijeron, debes pedir una constancia de retención mensual, ya que con esta lo compruebas, en caso de una revisión.

Saludos

Miguel
 
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migueljurado
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