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11/Nov/09 17:36
recurso extranjero

Buen dia, les comento una situacion espero puedan apoyarme sobre este caso....

Una empresa extranjera va a enviar dinero para rentar unas tierras a nuestro mexico, mi duda es que si este recurso seria un ingreso para la persona que lo va a recibir (todo y a su vez entregarselo a los comuneros) ya que esta se dedica al negocio de bienes raices y lo unico que va a ser es ser intermediario entre la empresa extranjera y los ejidatarios...espero haberme explicado

gracias
 
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fega
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23/Nov/09 17:39
Re: recurso extranjero

dificil tal parece no?
 
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fega
Subteniente

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23/Nov/09 22:45
Re: recurso extranjero

El intermediario tiene algún contrato con el extranjero o nomás de a cuates...???...vamos empezando por ahí, como ve...de seguro surgirán excelentes opiniones...
 
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Kizu
Sargento Segundo

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24/Nov/09 11:17
Re: recurso extranjero

si tiene contrato entre la empresa extranjera y la persona que lo va a recibir, ahora como persona fisica no quiere aparecer ya que es un monto elevado y tiene temor de aparecer en el banco con tanto dinero entonces es posible que una sa de cv reciba dicho dinero...
 
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fega
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24/Nov/09 11:37
Re: recurso extranjero

mi duda es que si este recurso seria un ingreso para la persona que lo va a recibir (todo y a su vez entregarselo a los comuneros)
..............

SI


SALUDOS
 
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lobozac
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24/Nov/09 11:45
Re: recurso extranjero

Por lo que comentas, invariablemente lo tendría que declarar como un ingreso.
 
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CP_PACO
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24/Nov/09 12:11
Re: recurso extranjero

HOLA:
Si decimos que son ingresos, entonces pregunto se obtuvieron por:????????????????
I.- Enajenación de bienes o prestación de servicios, cuando se dé cualquiera de los siguientes supuestos, el que ocurra primero:
a) Se expida el comprobante que ampare el precio o la contraprestación pactada.
b) Se envíe o entregue materialmente el bien o cuando se preste el servicio.
c)Se cobre o sea exigible total o parcialmente el precio o la contraprestación pactada, aun cuando provenga de anticipos.


Salvo prueba en contrario esos depósitos en mi opinión no son ingresos para la persona que se los depositarían máxime que existe un contrato, de que puede tener problemilla el de la cta bancaria que recibiría el depósito sin lugar a dudas pero hay forma de aclararlo.


SalutacionesEditado: Noviembre 24, 2009 12:40:08
 

 
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SaúlCastroVázqz
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24/Nov/09 12:29
Re: recurso extranjero

De entrada si......seria un ingreso para la persona que recibe.........hasta en tanto cuanto, haga sus amarres documentales legales y demuestre lo contrario...........en una revision........si es que la hay

saludos
Editado: Noviembre 24, 2009 12:35:33
 
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lobozac
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24/Nov/09 12:33
Re: recurso extranjero

me parece que fega comento esto....si tiene contrato entre la empresa extranjera y la persona que lo va a recibir, esa es la via para no considerarse como ingreso.....




saludos
 
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CPhugoocejo
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24/Nov/09 12:37
Re: recurso extranjero

asi es saul.....un patinon.......una disculpa

saludos
 
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lobozac
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