Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
17/Ago/10 17:12
DERECHOS DE AUTOR ESTA GRAVADO PARA ISR Y IETU

SI RECIBI REGALIAS POR DERECHO DE AUTOR TENGO QUE PAGAR ISR Y IETU, POR QUE PARA IVA ESTA EXENTO, PERO EN LA CONSTANCIA DE RETENCIONES QUE ME DIERON ESPECIFICA QUE EL INGRESO ESTA EXENTO PARA ISR E IVA? ME PUEDEN AYUDAR


GRACIAS DE ANTEMANO.
 
Para ser exitoso no hay que hacer cosas extraordinarias. Haz cosas extraordinariamente bien y se exitoso*****
 
Perfil

SILVESTRE04
Teniente

Mensajes: 225
Ingresó: Septiembre 22, 2008
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
17/Ago/10 17:27
Re: DERECHOS DE AUTOR ESTA GRAVADO PARA ISR Y IETU

En la LISR son considerados dentro de las Actividades Empresariales....

Artículo 121 LISR. Para los efectos de esta Sección, se consideran ingresos acumulables por la realización de actividades empresariales o por la prestación de servicios profesionales, además de los señalados en el artículo anterior y en otros artículos de esta Ley, los siguientes:

Derechos de autor
VIII. Los obtenidos por la explotación de obras escritas, fotografías o dibujos, en libros, periódicos, revistas o en las páginas electrónicas vía Internet, o bien, la reproducción en serie de grabaciones de obras musicales y en general cualquier otro que derive de la explotación de derechos de autor.


Y en el Art. 109 de la LISR habla de la excención respectiva:

Artículo 109 LISR. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:

Derechos de autor hasta 20 SMG - Excedente paga impuesto
XXVIII. Los que se obtengan, hasta el equivalente de veinte salarios mínimos generales del área geográfica del contribuyente elevados al año, por permitir a terceros la publicación de obras escritas de su creación en libros, periódicos o revistas, o bien, la reproducción en serie de grabaciones de obras musicales de su creación, siempre que los libros, periódicos o revistas, así como los bienes en los que se contengan las grabaciones, se destinen para su enajenación al público por la persona que efectúa los pagos por estos conceptos y siempre que el creador de la obra expida por dichos ingresos el comprobante respectivo que contenga la leyenda 'ingreso percibido en los términos de la fracción XXVIII, del artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta'. Por el excedente se pagará el impuesto en los términos de este Título.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
Perfil

CP_PACO
General de División

Mensajes: 15246
Ingresó: Marzo 10, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
17/Ago/10 17:35
Re: DERECHOS DE AUTOR ESTA GRAVADO PARA ISR Y IETU

En cuanto a la excención para efectos del IVA ver el Art. 15 Fracc. XVI de la LIVA.

Saludos.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
Perfil

CP_PACO
General de División

Mensajes: 15246
Ingresó: Marzo 10, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo


Página: 1