Buen dia! me podrian orientar? estoy haciendo una declaracion anual del 2009 de una P.M., y como le determino un impuesto a pagar alto, quiero aplicar una deduccion inmediata, estoy algo apurada y queria saber si puedo aplicar la ded. inmediata del decreto del 20 junio del 2003 y si este lo puedo deducir en los pp. del 2009. gracias por su colaboracion.
Si esta vigente el decreto,
Segun yo hay un decreto de noviembre de 2006, donde se otorgan beneficios fiscales, en la cual te permiten aplicar a pagos provisionales. Y como ese decreto no tiene vigencia, pues segun creo, sigue vigente.
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14/Ene/11 02:32
Re: ded.inmediata
Lo que se señala es para deducirse en 2009. Concuerdo con los comentarios de los compañeros.
Ahora en 2010, salio el decreto presidencial para permitir deduccion al 100% y ya no seria tan solo la inmediata que no le representaria el 100%, si se trata de contribuyentes que hallan sido declaradas zonas de desastre, como por ejemplo del Huracan Alex u otro cualquiera.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?