31/Ene/11 14:40
Re: FACTURACION EN PAPEL EN 2011
Que hay de lo que dice el artíclulo 42 del RCFF:
Los contribuyentes que hayan optado por emitir comprobantes fiscales digitales podrán seguir utilizando los comprobantes fiscales a que se refiere el artículo 29, primer y segundo párrafos del Código, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:
I. Se trate de contribuyentes que dictaminen o hayan optado por dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales en el ejercicio fiscal inmediato anterior, y
II. En el reporte mensual a que se refiere el artículo 29, fracción III, inciso c) del Código, se incluyan los datos de los comprobantes fiscales impresos que determine el Servicio de Administración Tributaria en las reglas de carácter general que al efecto emita.
En este caso, aplicaría el envío del reporte de facturas impresas?
'...Sobre poco has sido fiel; Sobre mucho te pondré...' Mateo 25:21