12/Feb/11 00:26
HOLA BUENAS NOCHES
POR ERROR LA SECRETARIA LE PRESENTO A UN CLIENTE EL LISTADO DE IETU DEL MES DE ENERO 2011
TENDRE QUE SEGUIRLOS PRESENTANDO O NOMAS YA NO PRESENTO NADA
PORQUE EL SAT ME MANDO EL ACUSE DE RECIBIDO!!!!!
INCLUSE BAJE EL IETU 2011 POR SI SE OCUPABA, POR ESO SE COMETIO EL ERROR!!!!
GRACIAS POR SUS COMENTARIOS
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YOREMEALEYA
Capitán Segundo
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12/Feb/11 08:23
Re: IETU
no
no existe obligacion fiscal para enviar listados mensuales
por lo tanto tampoco puede imponerse alguna sancion por no seguirla presentando
salu2
Pagina facebook: Despacho contable gonzalez y ac
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LC.GONZALEZ
Mayor
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12/Feb/11 11:44
Re: IETU
Hola, y como lo que abunda no perjudica,.........y si deseas seguir mandandolos.........no problem
Casi te aseguro que por alla de mayo junio, te van a llegar exhortos a que los presentes,...LOS HACENDARIOS, NO VAN A RECORDAR ESE ARTICULO DE LIF Y CORRELACIONES QUE TE PERMITEN YA NO ENVIARLO......y van a comenzar a dar lata
Saludos
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lobozac
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12/Feb/11 12:20
Re: IETU
Casi te aseguro que por alla de mayo junio, te van a llegar exhortos a que los presentes,...LOS HACENDARIOS, NO VAN A RECORDAR ESE ARTICULO DE LIF Y CORRELACIONES QUE TE PERMITEN YA NO ENVIARLO......y van a comenzar a dar lata
Como ha sucedido en otras ocaciones.
Saludos
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
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vabdo
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12/Feb/11 12:33
Re: IETU
Hola, inclusive tengo un cliente que solicito expresamente, que sigamos mandando los listados. No creo que tengas ningun problema.
Como bien dijeron ya, mejor que sobre,,
Buen fin de semana.
VOTA X EL QUE QUIERAS, PERO VOTA ESTE 1 DE JULIO.. A VENCER EL ABSTENCIONISMO.
SALUDOS. Twitter: @cmvdominguez
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cmvdominguez
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13/Feb/11 14:46
Re: IETU
Hola buenas tardes:
YOREMEALEYA, por mi parte, difiero en mi postura. Pero bueno, la mía estaría basada en base a fundamentos legales que te proporciono a continuación:
Te señalo que en la LIETU se especifican las obligaciones fiscales de entragar ese listado. Leéte los Arts. 9 y 10 LIETU.
Más sin embargo, existen facilidades emitidas por el SAT, que en algunos casos, pudiesen omitirse su presentación. En tu caso, ya no se tomó esta facilidad correlativa. Se optó por presentar LIETU, precisamente al presentarse la declaración que se mencionó.
También te expreso, que leas el Art. 6 CFF, en su último párrafo, con relación a la toma de opciones, haber qué se expecifica textualmente.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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14/Feb/11 11:01
Re: IETU
HOLA A TODOS LEYENDO SUS COMENTARIOS ME HACE PENSAR QUE ES MEJOR PRESENTAR LOS LISTADOS YA QUE TARDE QUE TEMPRANO LA AUTORIDAD SIN MEMORIA NOS LOS SOLICITARA
CON EL CLIENTE QUE YA SE MANDO LISTADO TENDRE QUE SEGUIRLO PRESENTANDO
Y CON LOS DEMAS PUEDO APEGARME A LEY DE NO PRESENTAR
COMO ESTA LA AUTORIDAD REALMENTE ME GUSTARIA PRESENTARLOS
TENDRE QUE SOLICITARSELO A LA AUTORIDAD O UNICAMENTE LOS PRESENTO?
CREEN QUE TRABAJARE DE BARBAS
GRACIAS
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YOREMEALEYA
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14/Feb/11 15:41
Re: IETU
Mmmm, pues si está en Ley, más bien quien tendría problemas o intentaría algo inútil, en su caso, sería el SAT, si exigiera que se envíen los listados de manera mensual, ya que si bien, la disposición que indica que deben presentarse dichos listados de manera anual no es la LIETU, la LIF, finalmente debe aplicarse lo que en ella se publique.
Y lo anterior tendría que hacerlo válido el SAT.
Saludos.
'Confiamos en Dios; los demás están obligados a presentar documentos'****Anónimo
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ngm
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14/Feb/11 15:58
Re: IETU
Hola, para resumirlo mas rapido y mejor:
Lo que expresé es que la LIETU indica la obligatoriedad de declarar.
La LI expresa una facilidad de no presentar las declaraciones, la RFM respalda esta facilidad.
¿Que opcion tomaria el contribuyente? SI ó NO
Conforme al 6o CFF, no se puede variar la opcion tomada por el propio contribuyente en todo el ejercicio 2011 o en que ya se tomo la opcion.
El SAT habra de multar o requerir esta informacion, ella tiene la obligacion de hacer su trabajo. En ocasiones tendran derecho a imponer multas y otras ya no.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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15/Feb/11 08:52
Re: IETU
HOLA: Enerique9727.
CON LA FINALIDAD DE NO CONFUNDIR
Cuál es el fundamento legal de la opción que mencionas, hay alguna regla o la LIF para 2011 otorga esa opción????
Conforme al 6o CFF, no se puede variar la opcion tomada por el propio contribuyente en todo el ejercicio 2011 o en que ya se tomo la opcion.
Editado: Febrero 15, 2011 08:53:17
Diagnóstico Fiscal en línea
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FISCALDICT
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