30/Jun/11 18:16
Re: COMPRA DE ORO Y PLATA
Primero Chago:
Hijole pero que coraje da que no se tenga la EDUCACION de contestar a tan buen topico a los foristas para llegar a una concluciòn del tema como abundan los hombres invisibles por estos foros.
Segundo Lobozac:
I.2.10.19. Para los efectos del artículo 29-C del CFF , respecto de las deducciones o acreditamientos que se comprueben a través del estado de cuenta, se considerará la fecha de aplicación del cargo en la cuenta de que se trate, independientemente de la fecha en la que se hubiera realizado el pago. No podrán deducirse o acreditarse cantidades cuya transacción haya sido cancelada total o parcialmente, o en su caso, se hayan devuelto o reintegrado las cantidades pagadas.
Segundo párrafo vigente hasta 31-Dic-2010
Asimismo, para los efectos del párrafo anterior, se podrá utilizar como medio de comprobación el original del estado de cuenta de una tarjeta de servicio.
Segundo párrafo derogado DOF 28-Dic-2010, a partir de 01-Ene-2011
Tercer párrafo vigente hasta 31-Dic-2010
Para estos efectos, las tarjetas de servicio son aquellas tarjetas emitidas por empresas comerciales no bancarias a través de un contrato que regula el uso de las mismas, cuyos usuarios personas físicas o morales pueden utilizarlas para la adquisición de bienes o servicios en la red de establecimientos afiliados a la empresa comercial no bancaria emisora de las tarjetas de servicio, tanto en México como en el extranjero.
Tercer párrafo derogado DOF 28-Dic-2010, a partir de 01-Ene-2011
La opción de utilizar el estado de cuenta como medio de comprobación para los efectos de las deducciones o acreditamientos, no será aplicable para los pagos efectuados con cheques certificados, cheques de caja y cheques depositados bajo el esquema de remesa cuyos fondos se encuentran disponibles dentro de un plazo de seis días contados a partir de la fecha del depósito.
Para los efectos del artículo 29-C, fracción II del CFF , el documento a que se hace referencia podrá ser un comprobante simplificado en términos de los artículos 29-A, último párrafo del CFF, 45 y 51 de su Reglamento
siempre que en el comprobante se describan los bienes o servicios adquiridos y contengan en forma expresa y por separado los impuestos que se trasladan, desglosados por tasa o cuota aplicable.Sexto párrafo vigente hasta 31-Dic-2010
Volvemos a lo mismo la opcion existe pero
no hay documentos al menos eso expuso el hombre invisible.
Saludos
La verdad de la vida son las relaciones con las personas lo que da valor y sentido a la vida.......