resulta que en el mes de junio no deduje varios gastos pagados en efectivo menores de 2,000.00 me acabo de dar cuenta de eso me salio a pagar isr e ietu. ya presente los pagos provisionales de junio y mañana tengo la cita para hacer la compensacion.
la pregunta es puedo hacer deducibles esos gastos en julio. si hago complementarias de junio seria muy apresurado y no quiero faltar a la cita mañana del sat porque luego me bloquearian las citas.
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08/Ago/11 15:25
Re: gastos deducibles
En la LIETU se señala 1 solo procedimiento para el pago de su IMPUESTO... Deduceria ANUALMENTE, es decir por 1 año completo por lo general.
Pero, se tiene la prerrogativa de tenerse que pagarse anticipos, dentro de los cuales siempre son periodos acumulativos, si en alguna ocasion dejo pendiente alguna comprobacion por deducirse. Tiene dos opciones siguientes para aprovecharlos:
1.- Realizar la complementaria del mes donde no se logro su inclusion.
2.- Pasarse a incluirse dentro de otro mes que represente ser parte del mismo ejercicio fiscal
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?