03/Nov/11 11:36
Devolución de pago de lo indebido: Procede por los accesorios??
Buenos días a todos, aquí les dejo una pregunta, les agradecería sus comentarios y si han tenido algún caso similar, me gustaría saberlo.
El caso es de una persona moral, la cual hizo el pago del IMPAC (como ya sabemos esta ley actualmente está abrogada) correspondiente al ejercicio fiscal 2007 de forma extemporánea en agosto de 2008, por ejemplificar:
$200,000 Impuesto
$ 5,000 Actualización
$ 10,000 Recargos
Ahora bien, debido a que esta empresa se amparó por la reforma a esa Ley en 2007 (eliminación de deudas) y debido a que venía aplicando la mecánica opcional del Art. 5-A de esa Ley, se le concedió el amparo, permitiendo calcular ese impuesto disminuyendo las deudas, generando de esta manera, un pago de lo indebido, ya que el calculo y pago del impuesto que hizo anteriomente lo realizó sin disminuir las mismas. Ejemplo:
$100,000 Impuesto a cargo (disminuyendo deudas)
$(100,000) Pago de lo indebido
Mi pregunta es la siguiente: Será posible solicitar el impuesto pagado indebidamente ($100,000) con la parte proporcional de actualizacion y recargos que le correspondió?, en el ejemplo, serían $2,500 de Act.n y $5,000 de recargos, en total= $107,500, o bien, sólo por la parte correspondiente al impuesto pagado indebidamente $100,000 ??
Si les ha tocado un caso similar, no precisamente de IMPAC, de cualquier otro impuesto, que ha procedido??
Gracias de antemano!!!