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17/Nov/11 21:43
Re: deducible

Buenas noches compañeros

buen dia, se hizo un gasto de las siguientes cantidades y me entregaron la factura:
este es el importe de la factura:

560344.83 subtotal
89655.17 iva
650,000.00 total

Pero se pagaron solamente:

617,500.00 esta es la cantidad que se pago por transferencia

que procede, es deducible el total de la factura o es deducible el 'anticipo' para isr, ietu e iva?



1.- En q fecha realizaste la transferencia?
2.- Que fecha tiene la factura?
3.- Desglosaste el IVA en la transferencia?
4.- Pusiste el nombre y el RFC correcto del proveedor al que le pagasteen la transferencia de pago?

Saludos.
Roberto.
 
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roberbaeza
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18/Nov/11 10:26
Re: deducible

ARTÍCULO 125 Requisitos de las deducciones autorizadas a PF
……………..
VI. Cuando el pago se realice a plazos, la deducción procederá por el monto de las parcialidades efectivamente pagadas en el mes o en el ejercicio que corresponda, excepto tratándose de las deducciones a que se refiere el artículo 124 de esta Ley.
 
NADIE SABE LO QUE TIENE ....HASTA QUE LO VE AUDITORIA DEL SAT.
 
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MARIOORTIZ
Capitán Primero

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