La empresa pago la VISA Americana de tres empleados por un Proyecto que tenemos con el vecino del Norte. Cuáles serían los requisitos para deducir este gasto? Sólo tenemos las VISAS y se quedaron con los comprobantes de pago.
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22/Oct/12 20:12
Re: Pago de VISA Americana
INGENIEROSCIVILES,
En estricta teoría sólo se puede deducir un gasto cuando se ampara con un comprobante que reuna todos los requisitos fiscales. En el caso que planteas, al tratarse de un residente en el extranjero sin establecimiento permanente en México (embajada de los EUA), debes cumplir con lo dispuesto en la regla I.2.8.3.1.5. de la RMF-2012. En caso contrario la partida será no deducible.
Antes esta situación lo más conveniente es valorar el costo-beneficio. Esto es, analizar si desde un principio se considera la partida como no deducible por carecer del comprobante, o bien, deducirla pero a sabiendas que será rechazada por la autoridad, por lo que tal vez te veas obligado a interponer algún medio de defensa que al final puede resultar más caro que el gasto en sí.
En estricto sentido es un gasto indispensable para la actividad y que contribuirá a la generación del ingreso pero a su vez, no se cuenta con documentación comprobatoria que reuna requisitos fiscales, por lo cual no se podría considerar como una deducción autorizada para fines de impuestos.
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale