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26/Oct/12 11:36
pago provisional IETU inicio ejercicio PM

Tengo la siguiente inquietud, PM moral que inicia operaciones en este ejercicio, con forme el artículo 14 LISR 'no puede presentar pp de isr', y con forme el artículo 9 IETU, 'deberá de presentar el pp ietu en el mismo momento que el ISR', por tal motivo, considero, que tampoco deberá de presentar pp IETU en incio del ejercicio, pero he encontrado opiones encontradas y ningun criterio del SAT respecto a estos casos

¿tendrá uds algun criterio del sat respecto al pp IETU PM inicio de operaciones?
 
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bandido07
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26/Oct/12 12:07
Re: pago provisional IETU inicio ejercicio PM

Buen dia,

en lo personal interpreto diferente lo dispuesto por el 9 de LIETU, ya que solo te menciona los plazos (Fechas de presentacion) deberan de coincidir respecto a a los PP de ISR, mas no la obligatoriedad para presentar uno y otro Impuesto a diferencia de LIA que si era referencia el primer año del ISR.

por lo cual mi opinion es que para IETU es obligatorio el presentar tus pagos provisionales desde el 1er Ejercicio Fiscal.

sobre las opiniones encontrada fueron por encontrar una laguna dentro de la ley pero hasta donde yo se, (y no si no dejo abierta la pregunta), nadie le a ganado a la autoridad esa interpretacion.

saludos
 
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fiscal13
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26/Oct/12 12:12
Re: pago provisional IETU inicio ejercicio PM

Hola.

Tengo la siguiente inquietud, PM moral que inicia operaciones en este ejercicio, con forme el artículo 14 LISR 'no puede presentar pp de isr', y con forme el artículo 9 IETU, 'deberá de presentar el pp ietu en el mismo momento que el ISR', por tal motivo, considero, que tampoco deberá de presentar pp IETU en incio del ejercicio, pero he encontrado opiones encontradas y ningun criterio del SAT respecto a estos casos


Disculpa compañero, pero lo que establece el artículo 9 de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única es lo siguiente:

Artículo 9. Los contribuyentes efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto empresarial a tasa única del ejercicio, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas en el mismo plazo establecido para la presentación de la declaración de los pagos provisionales del impuesto sobre la renta...


y creo al referirse a 'el mismo plazo establecido', se refiere al que señala el artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre la Renta en su primer párrafo.

Artículo 14. Los contribuyentes efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a mas tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel el que corresponda el pago...

Es lógico que la LISR señale que no se efecturán pagos provisionales el primer ejercicio, pues la mecánica establecida incluye un coeficiente de utilidad, el cual no se conoce en las fechas que debieran realizarse los pagos provisionales del primer ejercicio, sin embargo, creo que la 'exención' de no realizar pagos provisionales por el primer ejercicio no aplica para IETU, ya que el artúculo 9 hace solo referencia al plazo.

Saludos
 
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vag
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26/Oct/12 13:10
Re: pago provisional IETU inicio ejercicio PM

Con fundamento en el Art. 9 de la LIETU debes de presentar pagos provisionales aunque cuentes con la facilidad de no presentar PP de ISR por ser el ejercicio de inicio de actividades.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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06/Nov/12 11:34
Re: pago provisional IETU inicio ejercicio PM

ietu si debes presentar :D
 
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lucero01
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06/Nov/12 11:55
Consultar el acervo histórico cultural...

En los dos mensajes de los que voy a insertar el link se abordo el tema con bastante profundidad, tanto que es un buen rato de lectura, como siempre, no se intenta convencer a nadie de nada, tan solo se dan a conocer puntos de vista y cada uno concluye lo que desea, pero siempre queda claro que concluye y su responsabilidad es.

Empresa que inicia operaciones en 2008, ¿Obligada a pagos provisionales de IET?

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=32857&idCat=10&p=1

Mermas, tratamiento en IETU.

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=30173&idCat=10&p=1

Sale pues, se realiza la invitación para que aquel que lo desee ingrese a esos links y de lectura a lo que ya en el pasado se escribió sobre el tema y concluya lo que a su juicio considere prudente.

De 2008 a la fecha, ¿Qué ha cambiado?, yo lo que puedo testimoniar es que algunos clientes, persona moral, que iniciaron operaciones en 2008 no presentaron pagos provisionales de IETU, a la fecha no han sido requeridos, ojo, si se presento y pago el IETU en forma anual, simplemente lo que se hizo fue NO Presentar pagos provisionales de tal impuesto, sin que la autoridad al momento nos haya requerido o sancionado por ello. Esa es mi particular experiencia, tal vez la de otros compañeros sea diferente.

Saludos cordiales y como siempre, respeto absoluto y total para todas las opiniones y posturas.
 
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sosgtorreon
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06/Nov/12 13:37
Re: pago provisional IETU inicio ejercicio PM

Hola.

lo que se hizo fue NO Presentar pagos provisionales de tal impuesto, sin que la autoridad al momento nos haya requerido o sancionado por ello. Esa es mi particular experiencia, tal vez la de otros compañeros sea diferente.


Con todo respeto, el hecho de que una omisión no haya sido descubierta por la autoridad fiscal no quiere decir que esté bien lo que hicieron.

Saludos cordiales y como siempre, respeto absoluto y total para todas las opiniones y posturas.


Completamente de acuerdo y espero no molestarlo con mi comentario.

Saludos
 
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vag
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06/Nov/12 13:50
Re: pago provisional IETU inicio ejercicio PM

No molesta, en lo absoluto, como lo dije, se respeta cualquier opinión o postura, incluso se reciben sin resentimientos los calificativos que le puedan a uno adjudicar.

Debo decir que clientes con esa situación fueron 4, a ni uno le requirieron IETU, lo que es singular por si mismo. Y coincido plenamente, que la autoridad no haya descubierto al momento 'la omisión' no significa que esta no exista, pero a uno de esos clientes le requirieron tres obligaciones distintas para tres periodos diferentes, todos de 2008, le requirieron prácticamente el total de sus obligaciones mensuales, pero curiosamente el IETU no. Luego por eso se vuelve uno mal pensado.

En fin, argumento, fundamentos y hasta fumamentos han sido plasmados en los dos links que cite en mi anterior mensaje, esperando sean gustosos leerlos, sin importar los compartan o no.

saludos
sos
 
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sosgtorreon
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