29/Abr/14 14:03
Re: Sobre autofacturacion
Gracias GOrnelas, sin embargo al leer detenidamente la regla que tan gentilmente proporcionas tengo las siguientes dudas:
'Deberán utilizar los servicios que para tales efectos sean prestados por un PSECFDI'
'Los contribuyentes señalados en esta regla que ya se encuentren inscritos en el RFC, deberán proporcionar a los adquirentes de sus productos, su clave en el RFC, para que se expidan CFDI en los términos de la regla II.2.5.3.1.'
Yo soy el adquirente, y dice que debe de proporcionarme el RFC para que se expida el CFDI pero luego dice que en terminos de la regla II.2.5.3.1., la cual dice las reglas que estos PSECFDI deben de respetar para que estos organismos emitan los CFDI.
En resumen:
Yo aduirente puedo realizar una factura por la compra del tomate= No, debe de ser efectuada por PSECFDI.
Existe alguna otra opcion como la adquisicion de chatarra que es via retencion el tributo?
Espero haberme explicado, estar en lo correcto saludos y gracias