05/Ene/16 09:44
FACTURA TIMBRADA 31 DIC IMPROCEDENTE PERO NO CANCELADA
Hola buenos días. FELIZ AÑO!!!
Estimados tengo el siguiente tema (persona moral) se elaboraron y timbraron dos facturas por concepto de anticipo de trabajos por una cantidad importante, resulta y resalta que el día 02 el cliente cancela el servicio, por lo que se procedió a la cancelación de dichas facturas, la cuestión es que nos vemos afectados en los ingresos porque los tenemos que reconocer y pagar un ISR que no corresponde y el cliente se va a beneficiar con este gasto deducible, que es lo que puedo hacer para no acumular estas facturas??? a pesar de haberlas cancelado hasta este mes y otro ejercicio.
Por favor agradezco sus comentarios.
Saludos cordiales, quedo atento a su respuesta.
Mike.