En mi empresa nos indicaron que a partir del 1 de Nov de este año nos anexaran en nustro recibo de nomina los viaticos que nos proporcionen por motivos de viajes. Y si los gastos no se comprueban con factura nos cobraran los impuestos a nosostros. Esto es correcto sobre la nueva ley o en que se basa.
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24/Nov/17 19:11
Re: Duda sobre Viaticos
Hola Charva:
Te recomiendo que leas el Art 28 Fracc V de la LISR
Hablas de LA NUEVA LEY, no mencionas cual, pero que yo sepa no hay nuevas leyes (por el momento).
Tambien dices que te COBRARAN LOS IMPUESTOS A NOSOTROS, mas bien que por POLITICAS DE la Empresa si no compruebas los gastos (DE VIAJE) entonces te lo van a cobrar a ti.
Pero si tienes que leer la referencia que te doy al principio.
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25/Nov/17 13:04
Re: Duda sobre Viaticos
Buenas tardes.
Para el trabajador que percibe los viáticos, serán un ingreso exento para el siempre que sean efectivamente erogados en servicio del patrón y comprobados con los CFDI’s respectivos (art. 93, fracc. XVII).
PARA CONSEGUIR UN CREDITO; DEBES DEMOSTRAR AL BANCO QUE NO LO NECESITAS.