18/Ago/19 22:52
Re: ISR DIVIDENDOS FICTOS
atnnobd
Primero debes de observar si hay CUFIN registrado en la empresa. Luego determinar cual corresponde hasta el año 2013 y cual es el que se genero posterior al 2014. En caso de que haya CUFIN cubra los montos, no hay que pagar impuesto de ISR siempre y cuando este CUFIN sea del que se genero hasta el 2013, si es el que se genero posterior al 2014, solamente tendriasque retener 10%.
En caso de que no haya CUFIN registrado, entonces aplicarias lo dispuesto en el articulo 10 de la LISR, ademas de retener el 10% de dicho monto.
Las personas morales que distribuyan
dividendos o utilidades deberán calcular y enterar el impuesto que
corresponda a los mismos, aplicando la tasa establecida en el
artículo 9 de la presente Ley. Para estos efectos, los dividendos o
utilidades distribuidos se adicionarán con el impuesto sobre la renta
que se deba pagar en los términos de este artículo. Para determinar
el impuesto que se debe adicionar a los dividendos o utilidades,
éstos se deberán multiplicar por el factor de 1.4286 y al resultado se
le aplicará la tasa establecida en el citado artículo 9 de esta Ley.
Es decir, si el monto es de 10,000 tendrias que multiplicar
10,000 x 1.4286 = 14286
Luego a estos 14,286 multiplicarlos por la tasa del ISR
14,286 x 30% = 4285.8
Finalmente, sumar los 4285.8 a los 10,000 y el resultado multiplicarlos por el 30%
(4,285.8+10000)* 30% = 4285.74
Saludos.
Editado: Agosto 18, 2019 23:01:06