Buen día estimados, tengo duda referente a lo siguiente:
Una persona fisica actividad empresarial anteriormente estaba tributando en el RIF estando en el RIF se generaron saldos a favor de iva que no se aplicaron, mi pregunta es, ¿los puedo aplicar ahora que tributa como persona fisica actividad empresarial?
Mensajes:
26 Ingresó:
Septiembre 11, 2019 Ubicación:
Conectado
Agregar como amigo
08/Mar/21 09:48
Re: ACREDITAMIENTO DE IVA
Que tribute en RIF o no, nada tiene que ver en la LIVA. Eso es un régimen que solo se regula para la LISR. La LIVA ni lo contempla. Olvide esa pregunta, ni tiene razón alguna para generarse. Sigue siendo persona física y ya con eso se continua con las mismas prerrogativas de la LIVA
Si tiene alguna duda de IVA, siempre debe recurrir a la LIVA. Jamás a otro tipo de ordenamiento.
Disfruta todo lo que realices en esta vida y hazlo con responsabilidad
Mensajes:
1163 Ingresó:
Abril 22, 2019 Ubicación:
Nuevo León
No Conectado
Agregar como amigo
08/Mar/21 10:06
Re: ACREDITAMIENTO DE IVA
Buen día Llama: Independientemente del cambio de actividad, la respuesta a tu inquietud la encuentras en el Art. 6 de la LIVA...
Artículo 6o.- Cuando en la declaración de pago resulte saldo a favor, el contribuyente únicamente podrá acreditarlo contra el impuesto a su cargo que le corresponda en los meses siguientes hasta agotarlo o solicitar su devolución.
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale