08/Mar/21 13:03
Tratamiento fiscal de un deposito en garantía del 2017
Resulta que en la empresa, en el 2017 se recibió una cantidad considerable como deposito en garantía por un contrato a 3 años. En el mismo 2017 se facturo dicho importe y se realizo pago al SAT de sus respectivos impuesto. (Se que por ser deposito en garantía no debió de haberse realizado).
Pues ahora que ya vence el plazo y que están renovando contrato, el cliente manifiesta ese saldo favor que trae. 8con justa razón)
Mi duda ¿puedo realizar factura actual y poner una bonificación o descuento hasta terminar de compensar el saldo? ¿para no generar un doble ingreso y poder así y retribuyéndole al cliente ese monto?
saludos y en espera de su orientación
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xochilt
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08/Mar/21 13:21
Re: Tratamiento fiscal de un deposito en garantía del 2017
En el entendido de que en el 2017 efectuaste la acumulación del ingreso para ISR y asimismo consideraste pagar el IVA de la operación, es viable lo que comentas, no es el deber ser haberlo hecho así desde un inicio pero ahora con las bonificaciones que le harías a tu cliente, de algún modo ira recuperando el depósito que efectuó.
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CP_PACO
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08/Mar/21 15:03
Re: Tratamiento fiscal de un deposito en garantía del 2017
Si ya se facturo, entonces ya facturaron un servicio o algún bien
¿Cuál saldo a favor?
Entonces, ahora ¿díganos que irán hacer? Que señala el contrato, se me hace ese anticipo no debe facturarse. Y se viene prorrogando, inclusive debiera actualizarse el deposito en garantía de conformidad al nuevo contrato.
Lea por favor su contrato. Ahí debe tener respuestas a sus dudas.
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ers9727
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08/Mar/21 15:47
Re: Tratamiento fiscal de un deposito en garantía del 2017
en el 2017 se recibió una cantidad considerable como deposito en garantía por un contrato a 3 años.
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CP_PACO
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08/Mar/21 17:27
Re: Tratamiento fiscal de un deposito en garantía del 2017
El saldo a favor que se menciona, es el del deposito en garantía, al recibir el dinero se realizo factura y se pagaron los impuestos correspondientes. (Se que fue erróneo el procedimiento)
Entonces sobre ese importe, es que los clientes piden su dinero, por contrato no se puede devolver.
Pero lo que no se quiere hacer es reconocer de nueva cuenta ese 'ingreso' y me refiero al ingreso al servicio que se le esta presentando al cliente en este año y se esta realizando factura de ello y a la vez dejar huella que el dinero (el del deposito en garantica original) se esta aplicando o reconociendo.
Lo que se me viene y fue con lo que inicie el comentario, es aplicar o realizar una CFDI de egresos aplicado como bonificación.
Según yo, esta propuesta no debe de cancelar o aplicar en su totalidad a una factura, por lo que debería de arrastrarla a diferentes facturas hasta terminarme el saldo.
Duda 1) ¿Puedo realizar esto? (CFDI egreso, como bonificación)
Duda 2) si, si se puede realizar este CFDI de egreso, ¿debo de realizar 1 por cada bonificación o puedo realizar uno solo por las diferentes facturas que tengo y relacionar varias en una bonificación?
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xochilt
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08/Mar/21 20:47
Re: Tratamiento fiscal de un deposito en garantía del 2017
El saldo a favor que se menciona, es el del deposito en garantía, al recibir el dinero se realizo factura y se pagaron los impuestos correspondientes. (Se que fue erróneo el procedimiento)
Concuerdo que estuviera equivocado, pues los depositos en garantia no se factura.
Entonces sobre ese importe, es que los clientes piden su dinero, por contrato no se puede devolver.
Pues es su problema, dudo que un contrato no señale que se reintegraria el deposito en garantia, no es bien o servicio, se tiene que devolver si ustedes lo facturaron pues ya es problema de Ustedes.
Si el contrato no señala la manera de restituirse pues por logica es que se devuelva de cualquier manera cuando no funcione la relacion. Ahorita tiene la suerte que se renovo con nuevo contrato, asi que prevalece. Pero cuando se cancele deberan devolverlo.
Pero lo que no se quiere hacer es reconocer de nueva cuenta ese 'ingreso' y me refiero al ingreso al servicio que se le esta presentando al cliente en este año y se esta realizando factura de ello y a la vez dejar huella que el dinero (el del deposito en garantica original) se esta aplicando o reconociendo.
Lo que se me viene y fue con lo que inicie el comentario, es aplicar o realizar una CFDI de egresos aplicado como bonificación.
Bueno es parte de su contabilidad lo que debe realizar
Según yo, esta propuesta no debe de cancelar o aplicar en su totalidad a una factura, por lo que debería de arrastrarla a diferentes facturas hasta terminarme el saldo.
Duda 1) ¿Puedo realizar esto? (CFDI egreso, como bonificación)
Duda 2) si, si se puede realizar este CFDI de egreso, ¿debo de realizar 1 por cada bonificación o puedo realizar uno solo por las diferentes facturas que tengo y relacionar varias en una bonificación?
Hagan lo que hagan primero debe platicarlo con la empresa a la que facturan.
Quizás ella no dedujo sus facturas de los depósitos, Las pudieran aplicar cancelaciones y hacer las complementarias o ver si luego cancelan.
Pero ambas empresas debe ponerse de acuerdo para arreglar su relajito, pues no siguen lo que se estipula en los contratos.
En los mismos debe señalarse una mecánica de como expedirse las facturaciones y como se le da seguimiento a las transacciones, seguro solo realizaron un machote cualquiera de contrato copiado de internet de manera chambona. Tal vez me equivoca ojala. Pero casi me aseguro que no lo vio ese contrato un departamento jurídico, ni le dieron revisión, nomas así se lo aventaron. Insisto ojala me equivoque. Pero si tiene tan buen contrato de cualquier manera el contador o quien factura no le hace caso al contrato
Ahora debe reacomodar la contabilidad a una realidad económica que el contrato debe estar rigiéndola y se les salió del carril este control
Nomas consideren de mis comentarios, las arreas de oportunidad que mantienen en deficiencia para que las convaliden y se lleve a buen puerto para futuras experiencias.
Saludos
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ers9727
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08/Mar/21 21:05
Re: Tratamiento fiscal de un deposito en garantía del 2017
Duda 1) ¿Puedo realizar esto? (CFDI egreso, como bonificación)
Duda 2) si, si se puede realizar este CFDI de egreso, ¿debo de realizar 1 por cada bonificación o puedo realizar uno solo por las diferentes facturas que tengo y relacionar varias en una bonificación?
Procedería aplicar bonificación directamente en cada factura sin la necesidad de emitir CFDI de egreso.
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CP_PACO
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09/Mar/21 10:25
Re: Tratamiento fiscal de un deposito en garantía del 2017
Como lo han comentado, sería necesario saber qué efectos fiscales le dio el cliente a esos comprobantes.
Y por qué el arrendatario quiere devolución o bonificación del depósito si de todas formas tiene que volver a dejar depósito por le nuevo arrendamiento.
La decisión que se tome, deberá concordar con lo pactado en el contrato o un adendum a este.
Saludos!
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legalgdl
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