Cada año en una AC de condóminos, se deja un saldo en bancos para ir guardando para imprevistos. En la anual, el problema es que se pone el ingreso obtenido y las deducciones y en automático calcula el programa del SAT el ISR.
Entonces entiendo, que se debe gastar todo lo que se ingresa para no causar ISR como remanente?
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12/Nov/21 13:09
Re: Remanente en AC
En lo expones, no veo adecuación a segundo párrafo de la fracción XXVI, del 79 de LISR, por lo que no debería considerarse remanente distribuidle el saldo de la cuenta.