22/Dic/23 09:44
Re: Exportación de bienes intangibles a través de Plataformas Tecnológicas.
2.- Las plataformas de intermediación que no tienen dominio informático en México, que
son utilizadas por personas físicas residentes en el país para ofrecer y vender sus
productos fuera del país y procesan pagos, ¿deben retener y enterar el ISR e IVA
generado por las ventas de las y los residentes en México, y presentar las declaraciones
informativas?
Sí; las plataformas tecnológicas que realizan actividades de intermediación en las que
participan oferentes personas físicas residentes en el país que obtienen ingresos por la
enajenación de bienes, que son cobrados a través de dichas plataformas, deben efectuar la
retención y entero del ISR correspondiente; sin embargo, no deben efectuar la retención del
IVA,
ya que la exportación de bienes se encuentra afecta a la tasa del 0 %.
No obstante, lo anterior, las mencionadas plataformas de intermediación deben presentar
las declaraciones informativas.
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale