:( :) [color=red:6242611090][/color:6242611090]
Miren un Trabajador sufrio un Accidente de Trabajo, pero el Registro Patronal, tiene una direccion diferente al lugar de trabajo. Que pasa con el
ST-1 el Imss no lo acepta porque el Registro Patronal tiene otra direccion.
E s correcto? Debo primero hacer un traslado de servicios? El Imss debe efectuar ese traslado? Porfa alguien ayudeme.
El accidente fue en un Estado y el RP tiene domicilio de otro Estado.
La humildad, mayor tesoro del Hombre!!
lgmliu@hotmail.com
SI TUS TRABAJADORES SALEN A TRABAJAR EN FORMA FORANEA TIENES QUE HACER UN TRAMITE ANTE EL IMSS EL CUAL SE LES OTORGA UNA CREDENCIAL PARA QUE EN CASO DE CUALQUIER ACCIDENTE SE LES PUEDA ATENDER EN CUALQUIER CLINICA DEL PAIS.