21/Oct/08 12:52
Re: Que tal buen dia
Hola nbf:
Al SS o al IMSS le va y le viene, qué opción ejerza el exderechohabiente. Ellos no pagarían esas pensiones. Que no quieran trabajar, eso si puede influir. Pero, esa influencia no debe ser determinante.
Las posibilidades de recuperar parte de esas cotizaciones, están de las de exderechohabiente. Si regresa a ser derechohabiente, restituiría su derecho y con cumplir con los requisitos de la LSS, podría reclamar su pensión que el GOBIERNO FEDERAL cubriría mediante la intermediación o las facultades del IMSS.
El trabajador al haber sido un derechohabiente, tiene derechos de CONSERVACIÓN, debe procurar activar esos derechos, en este caso por la pensión.
Art. 109 el derecho a recibir, exclusivamente la asistencia médica y de maternidad, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria, cuando el derechohabiente es despedido
Art. 150 y 151 conservación por los derechos que tuvieran adquiridos a pensiones en el seguro de invalidez y vida
Es importante leer también el Art. 301 LSS y los artículos quinto, duodécimo y décimo tercero transitorios
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?