27/Feb/20 08:57
Re: PRESENTACION PRT
Pablo: En tu caso, la empresa no estuvo en suspensión y reanudación de actividades, por lo cual aplicaría lo siguiente...
Patrones Exentos de Presentar Declaración
(RACERF Art. 32, fracción IV, V)
No están obligados a presentar la declaración anual de la prima de riesgo los patrones que:
Se inscribieron al Instituto por primera vez en el año 2019.
Cambiaron de clase de riesgo por haber modificado sus actividades empresariales durante el 2019.
Determinen una prima exactamente igual a aquella que estuvo vigente durante 2019.
En los puntos 1 y 2 anteriores los patrones presentarán su declaración hasta que completen un período anual del 1° de enero al 31 de diciembre, por lo que continuarán cotizando en el ejercicio 2020 con la prima media de la clase que les corresponda.
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale