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07/Sep/20 07:58
Consulta seguridad social trabajar en la cfe

Les saludo cordialmente a aquellas personas en el foro, el día de hoy vengo con una duda acerca de la seguridad social.
Llegué a México hace algo de tiempo(antes de que inicie la pandemia) y actualmente estoy por iniciar mi actividad laboral en la cfe, también conocida como Comisión Federal de Electricidad.
Ya solicité lo que sería la curp y por lo que tengo entendido, ya estoy habilitado para inscribirme al seguro social pero tengo una duda.
¿Debo inscribirme al seguro social por mi propia cuenta o cuando inicie a trabajar para la cfe ellos se encargan de hacer el trámite?
Como soy nuevo por aquí, no tengo muy en claro como funciona todo aún...
Agradezco su ayuda!
 
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parrini232isa
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07/Sep/20 09:35
Re: Consulta seguridad social trabajar en la cfe

Si será una relación subordinada (sueldos y salarios) el patrón, en este caso CFE, será el encargado de hacer tu alta ante el IMSS y timbrarte los recibos de nómina respectivos.
 
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CP_PACO
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07/Sep/20 17:56
Re: Consulta seguridad social trabajar en la cfe

ya lo anticipa el compañero CP PACO

Primero hay que analizar tu tipo de contratación. Para luego ver a cual de los tipo de régimen fiscal procede la inscripción y cuales serian las manera de aplicar estos procedimientos.

Art 6 LSS Existen 2 regímenes = R por antonomasia 1) R. Obligatorio art 11 LSS o 2) R. Voluntario Art 13 LSS

Art 15 fracción I LSS. En el obligatorio procede inscribir los patrones a sus trabajadores, cuando estos mantienen una contratación de prestación de servicios SUBORDINADOS. Se llama así, porque no tiene de otra mas que si o si los patrones inscriben a sus trabajadores. Sin embargo, que la labor de la alta recaen en los patrones el art 18 LSS manifiesta que pudieran ir los trabajadores inscribirse por su cuenta.

El segundo régimen, es para cuando la relación se torna INDEPENDIENTE o no existe la subordinación. Pero que quiere decir. INDEPENDIENTE Y SUBORDINADOS son términos antagónicos, es decir lo opuesto. Subordinado quiere decir que el trabajador se sujeta a las ordenes y al mando de un patrón, lo que quiere decir, que debe acatar como trabajar, donde, como, que horarios, como el patrón lo requiera o lo necesite. Es decir, el trabajador no realiza lo que quiera. INDEPENDIENTE es que el colaborador o prestador de servicios en lugar de ser subordinados son independientes. Ellos por sus medio propios y no los del patrón, es que desarrollara la prestación de servicios, en sus equipos, en sus tiempos u horarios, en sus directrices y no requiere estar supeditado al clientes, si bien el cliente ordena los servicios, solo se limita a recibirlos, pero no ingiere en como habrá de gestionarlos o prestarlos el prestador de servicios.

El IMSS sera quien proporciones la seguridad social tendiente a la salud, pero dependiendo del régimen corresponde distintas protecciones o seguros a proporcionar. El obligatorio es el régimen que mas coberturas de seguros mantienen, y es que se paga mas y existen mas vulnerabilidades para este tipo de contrataciones, donde la LFT Ley Federal de Trabajo exige el otorgamiento de la seguridad social de los patrones a todos sus trabajadores. Por otra parte, las relaciones o contrataciones independientes, no les aplica esta ley. Su incursión al IMSS, es porque acceden al un régimen de menores coberturas, menos carga tributaria
 
Disfruta todo lo que realices en esta vida y hazlo con responsabilidad
 
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ers9727
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10/Sep/20 09:36
Re: Consulta seguridad social trabajar en la cfe

Parrini: Te fue de utilidad la información?

Saludos.
 
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CP_PACO
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