02/Ago/17 18:56
Buenas tardes,
quiero hacer un cambio de regimen con la clave F4 a unos desperdicios, pero me comentan unos colegas que no la use que es mal vista por el SAT, que mejor haga virtuales, ustedes que opinan?
saludos.
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MEXTAX
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03/Ago/17 08:00
Re: PEDIMENTOSF4
Mi pregunta es porqué te dijeron que usar una clave F4 es mal vista por el SAT?
La única manera que tienes para deshacerte de los desperdicios industriales de mercancías importadas temporalmente bajo un programa IMMEX son dos:
1.- Trabajar con una comercializadora de SCRAP que cuente también con un programa IMMEX (sea de producción y/o servicios) y hacer tus pedimentos virtuales para los desperdicios, los cuales va a tener que facturar tu socio extranjero.
2.- Hacer un cambio de régimen por esos desperdicios, tu socio comercial te los tiene que facturar, y tu después venderlos al comercializador de SCRAP.
Quizá te dijeron que el SAT ve mal el que se hagan pedimentos por la regla miscelánea 3.20.2 donde se menciona que las empresas maquiladoras con programas IMMEX no pueden tener un ingreso adicional a su actividad de maquila superior al 10%.
Te recomiendo leas los artículos 181 y 182 de la LISR y la RMF2017 3.20.2
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RIzquierdo
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03/Ago/17 10:08
Re: PEDIMENTOSF4
Muchas gracias por tus comentarios Rizquierdo.
Si, creo queo que por el lado de la facturación iba el comentario.
Saludos.
El caso el cambio de régimen nosotros consideramos siempre dejarlo como última opción porque este cambio de régimen si bien cumple con el requisito del cierre de ciclo de maquila, es decir termina con el plazo de temporalidad, de las mercancías importadas temporalmente al amparo del programa IMMEX, no cumple con el tema de la disposición final, es decir independientemente de que se haya cerrado el ciclo de maquila la mercancía sigue bajo la legal tenencia de su empresa (Maquiladora) razón por la cual es necesario adicionar el procedimiento de cambio régimen el de darle un destino final, es decir:
i. levantar las actas de entrega recepción de la empresa o persona a la que le será entregada esta mercancía en territorio nacional y cuál será el uso que ésta le dará todo con el objeto de considerarla como obsoleta o inservible y,
j. terminar dándolo de baja tanto del régimen aduanero de temporalidad que tiene el programa IMMEX como de los registros contables de la empresa,
k. Sin embargo esta condición presupone una operación de compraventa entre el original propietario de las mercancías en el extranjero y la Maquila y requiere de un registro contable de las mismas para efectos del acreditamiento del impuesto al valor agregado y pagado en el cambio de régimen además de que la documentación con la que se ampararía la entrega y disposición final de estas mercancías a otra empresa tendría que ser una factura timbrada mexicana por la Maquiladora, lo que implica que el ingreso por enajenación de estas mercancías sería un ingreso acumulable para la maquiladora en México, es por esta razón que nosotros no consideramos como alternativa primaria esta opción(virtuales) ya que existe mucho más trámites y condiciones fiscales que considerar que en el caso de la transferencia a una recicladora son mucho más simples.
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MEXTAX
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03/Ago/17 15:15
Re: PEDIMENTOSF4
El caso de cambio de régimen nosotros consideramos siempre dejarlo como última opción porque este cambio de régimen si bien cumple con el requisito del cierre de ciclo de maquila, es decir termina con el plazo de temporalidad, de las mercancías importadas temporalmente al amparo del programa IMMEX, no cumple con el tema de la disposición final, es decir independientemente de que se haya cerrado el ciclo de maquila la mercancía sigue bajo la legal tenencia de su empresa (Maquiladora) razón por la cual es necesario adicionar el procedimiento de cambio régimen el de darle un destino final, es decir:
I. Levantar las actas de entrega recepción de la empresa o persona a la que le será entregada esta mercancía en territorio nacional y cuál será el uso que ésta le dará todo con el objeto de considerarla como obsoleta o inservible y,
II. Terminar dándolo de baja tanto del régimen aduanero de temporalidad que tiene el programa IMMEX como de los registros contables de la empresa,
III. Sin embargo esta condición presupone una operación de compra-venta entre el original propietario de las mercancías en el extranjero y la Maquila y requiere de un registro contable de las mismas para efectos del acreditamiento del impuesto al valor agregado y pagado en el cambio de régimen además de que la documentación con la que se ampararía la entrega y disposición final de estas mercancías a otra empresa tendría que ser una factura timbrada por la Maquiladora, lo que implica que el ingreso por enajenación de estas mercancías sería un ingreso acumulable para la maquiladora en México. Es por esta razón que nosotros no consideramos como alternativa primaria esta opción ya que existe mucho más trámites y condiciones fiscales que considerar que en el caso de la transferencia a una recicladora, son mucho más simples.
MEXTAX estos son los puntos en que vas a tener que trabajar pues independientemente quien sean el que transfiera el material de desperdicio ( maquiladora o socio comercial) debes de tener los manifiestos de destino y uso final. No son requisitos de la SHCP - SAT, son requisitos de SEMARNAT - Ecología. Y, tampoco importa quien realice la comercialización; al Comercializador de SCRAP hay que entregarle una factura... Extranjera (empatada con el pedimento) o Nacional (si es la maquiladora) quien haga la operación.
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RIzquierdo
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07/Ago/17 13:09
Re: PEDIMENTOSF4
RIzquierdo,
Agradesco enormemente tus comentarios, otra pequeña consulta respecto de la facturación fiscal:
Respecto del desperdicio o reciclado actualmente estamos haciendo virtuales Immex a otra Immex, Una de las IMMEX 'A' vende a la otra IMMEX 'B', la IMMEX A realiza un factura a la B por la venta de reciclado, esta factura lleva IVA al 16% y Retención de IVA al 16%, estoy en lo correcto?
Otra parte del reciclado se lo vendo a una empresa Extranjera, de igual forma se hacen pedimentos de transferencia y la factura fiscal por la venta, pero a la tasa de IVA al 0%
Saludos
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MEXTAX
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21/Jun/19 12:56
Re: PEDIMENTOSF4
Buen día.
Me interesó el tema, de mucho, tengo un caso similar F4 desperdicios, pero no tengo ingresos, debo hacer una factura sin ingresos que reportar en ceros y contablemente que procedería.
Información de fundamento estoy buscando.
Saludos.
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VANESSAR
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